Texto del fallo
AUTO SUPREMO Nº 146/2014
Sucre, 21 de octubre de 2014
EXPEDIENTE: S.101/2010
DISTRITO: La Paz
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 247 a 248 y vuelta, interpuesto por Víctor Eddy Vargas Bravo, en representación de la empresa Boliviana de Servicios Médicos SAMI S.R.L., del Auto de Vista Nº 257/2009 de 11 de noviembre (fojas 243 y vuelta), emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales, seguido por Daysi Rosmery Antezana Mamani, contra la empresa recurrente, el memorial de respuesta de fojas 251, el Auto de concesión del recurso de fojas 252, el memorial de solicitud de consideración de fojas 290 a 291, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, emitió la Sentencia Nº 33/2009 de 04 de abril de 2009, (fojas 162 a 169), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 16 a 17, disponiendo que la empresa demandada Boliviana de Servicios Médicos – SAMI SRL, a través de su representante legal, cancele los siguientes conceptos:
DAYSI ROSMERY ANTEZANA MAMANI
Fecha de ingreso 1 de enero de 2004. Fecha de retiro 16 de junio de 2008
Tiempo de trabajo: 4 años, 5 meses y 16 días
Salario Promedio Indemnizable: Bs. 3.150,00
INDEMNIZACIÓN: Bs. 14.052,50
DESAHUCIO: Bs. 9.450,00
AGUINALDO: Bs. 1.452,50
SUBSIDIO DE LACTANCIA: Bs. 577,50
SUELDO PENDIENTE (16 días): Bs. 1.680,00
SUBTOTAL: Bs. 27.212,50
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