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TSJ

AS/0146/2023

Tribunal Supremo de Justicia
30 de agosto de 2023PlenaMag. Edwin Aguayo Arando
Proceso
Detención Preventiva con Fines de Extradición
Sala
Plena
Año
2023

Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO N° 146/2023

Sucre, 30 de agosto de 2023

Expediente: 16/2020

Partes: Embajada de la República Argentina contra Cesar

Quiroga Mamani

Proceso: Detención Preventiva con Fines de Extradición

Magistrado Tramitador: Dr. Edwin Aguayo Arando

VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de extradición del ciudadano boliviano César Quiroga Mamani, requerida por la Embajada de la República de la Argentina a través del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, los antecedentes cursantes de fojas 1 a 21, 36 a 37 y 435 bis a 448, el Auto Supremo 15/2021 de 4 de marzo de fs. 23 a 24 vta., el Dictamen FGE/JLP N° 13/2022 de 7 de octubre de fs. 450 a 453, el informe del Magistrado Tramitador Edwin Aguayo Arando; y.

CONSIDERANDO: Que, en el caso se tienen los siguientes antecedentes:

La nota endosada como CLASIFICACIÓN "URGENTE" GM-DGAJ-UAJI-Cs- 2049/2020 de 2 de octubre, mediante la cual la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, remitió a este Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), la solicitud vía diplomática REB N° 156 de 25 de septiembre de 2020, formulada por la Embajada de Argentina en el marco del Tratado de Extradición entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República Argentina de 22 de agosto de 2013, ratificada mediante Ley N° 723 de 24 de agosto de 2015, basada en la solicitud de Detención Preventiva con Fines de Extradición de 24 de septiembre de 2020, librada por el Juez Pablo Yadarola del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 2 de la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del ciudadano boliviano CÉSAR QUIROGA MAMANI, adjuntando al efecto la Orden de Solicitud de Detención Preventiva y las resoluciones que mandan la captura de la persona citada precedentemente.

De los antecedentes se evidencia que, la Embajada de la República Argentina mediante nota REB N° 156 de 25 de septiembre de 2020 (fs. 19) y la solicitud de detención con fines de extradición de 24 de septiembre de 2020, librada por el Juez Pablo Yadarola del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 2 de la ciudad de Buenos Aires - Argentina (fs. 1 y 5), solicita de conformidad con el Tratado de Extradición suscrito entre la República Argentina y el Estado de Bolivia, la Detención Preventiva con Fines de Extradición a Argentina, del ciudadano boliviano César Quiroga Mamani con Cédula de Identidad boliviana N° 5038239 y DNI argentino N° 95.192.973, nacido el 26 de noviembre de 1980, en Canchas Blancas Nor Cinti Chuquisaca - Bolivia, con presuntos domicilios en la Av. San Aurelio 4o Anillo y/o Av. Paurito N° 7095 zona Plan 3000, ambos de la ciudad de Santa Cruz - Bolivia, a requerimiento del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 2 de la ciudad de Buenos Aires - Argentina, dentro de la Causa N° 518/2019, caratulada: "VILLAROEL VIA, Diógenes y otros sobre infracción a la Ley 22.415", por los delitos de: Asociación Ilícita previsto en el art. 210 del Código Penal argentino (CPa) y Contrabando Agravado por tratarse de sustancias estupefacientes, establecido en los arts. 863, 864 inc. d), 866 y 871 del Código Aduanero, atribuyendo tal hecho en calidad de autor previsto en el art. 45 del CPa., y Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes, en la modalidad comercio.

Se estableció como hechos que, a César Quiroga Mamani se le atribuye el haber integrado una organización delictiva, que al menos desde el mes de abril de 2019 hasta el día 6 de agosto del mismo año, habría estado destinado a la comisión de delitos, principalmente vinculados con el comercio de sustancias estupefacientes dentro del territorio nacional argentino e internacional, organización integrada por el momento por; Jaime Paulo Alvarado, César Quiroga Mamani, Carlos Enrique Conde, Iván Pérez Blaz y Doris Virginia Espinoza de Solíz, junto a terceras personas, dedicándose al contrabando e importación de material prohibido procedente de Bolivia vía terrestre, por pasos fronterizos no autorizados y ocultos en vehículos; asimismo, se dedicaron a la captación de personas para realizar viajes a Europa llevando en sus equipajes sustancias estupefacientes, ejerciendo actividades de narcotráfico y realizando actos de legalización de ganancias ilícitas, habiendo sido imputado por la presunta comisión de los delitos de Asociación Ilícita previsto en el art. 210 del Código Penal argentino (CPa) y Contrabando Agravado por tratarse de sustancias estupefacientes, establecido en los arts. 863, 864 inc. d), 866 y 871 del Código Aduanero, atribuyendo tal hecho en calidad de autor previsto en el art. 45 del CPa., y Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes, en la modalidad comercio (fs. 436 a 446).

Ante esta solicitud, consta el Auto Supremo 15/2021 de 4 de marzo, que dispuso la Detención Preventiva con Fines de Extradición de César Quiroga Mamani (fs. 23 a 24 vta.); los antecedentes de ejecución y detención preventiva del requerido mediante Auto y Mandamiento de Detención Preventiva con Fines de Extradición, ambos de 22 de abril de 2021, expedido por el Juzgado de Instrucción en lo Penal 4o de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 191 y 192), no habiendo sido habido por las acciones de búsqueda de la INTERPOL - Santa Cruz.

El proveído de 19 de abril de 2022, que instruyó hacer conocer al Estado Requirente su obligación de formalizar su solicitud de extradición y/o manifieste su interés en continuar con la tramitación de la solicitud de extradición (fs. 434).

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Datos del proceso

Demandante
Embajada de la República Argentina
Demandado
Cesar Quiroga Mamani
Proceso
Detención Preventiva con Fines de Extradición
Magistrado relator
Edwin Aguayo Arando
Tribunal Supremo de Justicia30 de agosto de 2023AS/0146/2023Fuente oficial