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TSJ

AS/0148/2013

Tribunal Supremo de Justicia
17 de diciembre de 2013Social 1era LiquidadoraMag. María Arminda Ríos García
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº 148/2013

EXPEDIENTE: S.344/2009

PARTES: Estanislao Aparicio Alarcón c/ Cooperativa Agropecuaria Primero de Septiembre

PROCESO: Beneficios Sociales

DISTRITO: Tarija

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VISTOS: El recurso de casación de fojas 78 a 81 interpuesto por Julio Octavio Villarroel Rosales en representación legal de la Cooperativa Agropecuaria Primero de Septiembre Bermejo Ltda. mediante Testimonio Poder Nº 155/2009 de 12 de marzo de 2009 (fojas 69 a 70 y vuelta), contra el Auto de Vista de 27 de abril de 2009 emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija (fojas 74 a 75), dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Estanislao Aparicio Alarcón contra la Cooperativa Agropecuaria Primero de Septiembre Bermejo Ltda., la contestación de fojas 84 y vuelta, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Bermejo del Distrito Judicial de Tarija, emitió la Sentencia de 10 de febrero de 2009 (fojas 46 a 48 y vuelta), declarando IMPROBADA la excepción de pago opuesta a fojas 8 a 9, y PROBADA EN PARTE la demanda de derechos laborales de fojas 3 a 4, disponiendo que la cooperativa demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs. 25.787,07 de acuerdo con el siguiente detalle:

INGRESO EN OCTUBRE 1998 RETIRO DICIEMBRE 2007

SALARIO INDEMNIZABLE Bs. 1.574,77

Indemnización: Bs. 8.512,49

Desahucio: Bs. 4.724,30

Vacaciones: Bs. 621,00

Bono de antigüedad reintegro: Bs. 3.078,10

Horas extras noct. domingo, feriado: Bs. 5.572,00

Bono frontera reintegro: Bs. 14.789,60

Aguinaldo doble reintegro: Bs. 7.670,65

SUB TOTAL: Bs. 44.968,14

MENOS PAGOS PARCIALES: Bs. 19.181,07

TOTAL: Bs. 25.787,07

Dispone asimismo que al saldo a pagar, corresponderá la multa del 30 % a cancelarse una vez ejecutoriada la Sentencia.

En grado de apelación, incoado por la Cooperativa demandada, por Auto de Vista de 27 de abril de 2009, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija (fojas 74 a 75), se CONFIRMÓ TOTALMENTE la Sentencia apelada, con imposición de costas por la confirmación total.

Que, contra el referido Auto de Vista, Julio Octavio Villarroel Rosales en calidad de representante legal de la Cooperativa Agropecuaria Primero de Septiembre Bermejo Ltda., interpuso recurso de casación de fojas 78 a 81, en el que señala:

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Datos del proceso

Demandante
Estanislao Aparicio Alarcón
Demandado
Cooperativa Agropecuaria Primero de Septiembre
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
María Arminda Ríos García
Tribunal Supremo de Justicia17 de diciembre de 2013AS/0148/2013Fuente oficial