Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 149 Sucre 2 de febrero de 2007
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Ministerio Público c/ Nelson Crespo Maldonado.
Violación agravada.
MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer.
A, 2 de febrero de 2007, Sucre
VISTOS: El recurso de casación de fojas 100 a 101, interpuesto por Nelson Crespo Maldonado, impugnando el Auto de Vista Nº 55 de 25 de abril de 2006, de fojas 93 a 94, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Respetable Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de violación agravada, previsto y sancionado por el articulo 308 bis, con relación al 310 numeral 2) del Código Penal.
CONSIDERANDO: Que el Tribunal Quinto de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz, declaró a Nelson Crespo Maldonado autor del delito de violación agravada incurso en los artículos 308 bis, con relación al 310 numeral 2) del Código Penal, imponiéndole pena privativa de libertad de 20 años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (Cárcel de Palmasola), costas y reparación de daños a fijarse en ejecución de sentencia. Dicha resolución fue apelada y resuelta por Auto de Vista de fojas 93 a 94 que declaró improcedente el recurso de apelación incoado por Nelson Crespo Maldonado. Asimismo dicho imputado interpuso recurso de casación contra el referido auto que fue admitido por Auto Supremo de fojas 106 de obrados.
CONSIDERANDO: Que Nelson Crespo Maldonado impugna el Auto de Vista Nº 55/2006, señalando:
Que la sentencia se basó en medios probatorios no incorporados legalmente al proceso;
Que el Tribunal de Alzada valoró la prueba Nº 5 siendo que la misma no fue obtenida lícitamente y fue excluido en el juicio oral;
Que asimismo la prueba Nº1 no debió ser valorado; y
Que en el recurso de apelación restringida solicitó audiencia oral para fundamentar dicho recurso, derecho que no fue concedido por el Tribunal de Alzada.
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