Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 149/2009
EXP. N°: 715/2008
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Sociedad Accidental Denominada CONSORCIO CRV y C&Y. Representada por Daniel Ríos Guizada y Jaime Cuentas Yánez. Contra el Ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana Taborga y el Fiscal General de la República, Mario Uribe Mélendres.
FECHA: 30 de abril de 2009.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Daniel Ríos Guizada y Jaime Cuentas Yánez en representación legal de Sociedad Accidental denominada Consorcio CRV Y C&Y, contra Resolución Administrativa N ° 024/08 de 19 de agosto de 2008 emitida por el Ministro de la Presidencia, los antecedentes del proceso, el informe de la señora Decana Beatriz Sandoval de Capobianco; y
CONSIDERANDO: Que de la revisión del proceso se evidencia que mediante providencia que mediante providencia de fojas 24, se otorgó al demandante el plazo de diez días computables desde su notificación para que presente copia documentación fehaciente que acredite la fecha de notificación con la resolución impugnada. Dicha providencia fue notificada el 9 de enero de 2009 en el domicilio procesal señalado, conforme consta en la diligencia de fojas 25, correspondiendo aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: LA Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de fojas 18 a 21 y dispone el archivo de obrados.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
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