Texto del fallo
AUTO SUPREMO Nº 151/2014
Sucre, 03 de junio de 2014
EXPEDIENTE: S.700/2009
DISTRITO: La Paz
VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fojas 140 a 141, interpuesto por Erick Andrés Gorostiaga Flores, en representación legal de la Distribuidora Mumiah, en su condición de Gerente General, de la Sentencia de fojas 93 a 97 dictada por la Jueza de Partido Sexto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz y del Auto de Vista Nº 200/2009 (fojas 137 y vuelta), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales y otros seguido por Vicente Espinoza Chávez, contra el recurrente, el memorial de contestación de fojas 144, el Auto de concesión del recurso de fojas 145, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido Sexto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 45/2008 de 23 de mayo de 2008 (fojas 93 a 97), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 10 a 11, disponiendo en consecuencia que la demandada, cancele a favor del actor, la suma de Bs. 1.333,30 de acuerdo con el detalle siguiente:
Tiempo de servicios: 1 año, 2 meses y 1 día
Salario indemnizable: Bs. 500,00
Indemnización: Bs. 583,30
Vacación (15 días): Bs. 250,00
Salario (Julio 2005): Bs. 500,00
TOTAL Bs. 1.333,30
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 200/2009 de 8 de septiembre de 2009 (fojas 137 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, REVOCÓ EN PARTE la Sentencia apelada (fojas 93 a 97), y deliberando en el fondo, declaró probada en parte la demanda disponiendo el pago de los derechos sociales del actor, de acuerdo al siguiente detalle:
Tiempo de servicios: 1 año, 2 meses y 1 día
Salario indemnizable: Bs. 500,00
Indemnización: Bs. 584,65
Desahucio: Bs. 1500,00
Vacación (15 días): Bs. 250,00
Salario (Julio 2005): Bs. 500,00
TOTAL Bs. 2.834,65
Que, del referido Auto de Vista, Erick Andrés Gorostiaga Flores, en representación de la Distribuidora Mumiah, interpuso el recurso de nulidad y casación de fojas 140 a 141, en el que se expresa lo siguiente:
Señala que en aplicación de los artículos 210 a 212 del Código Procesal del Trabajo, así como de los artículos 250 y 257 del Código de Procedimiento Civil, interpone recurso de nulidad y casación en el fondo contra la Sentencia de fojas 93 a 97 y el Auto de Vista de fojas 137 y vuelta.
1. Alega que la Resolución Nº 45/2008 de 23 de mayo, peca en su informalidad de parcialidad ya que obvia en su parte considerativa el artículo 6 de la Ley General del Trabajo, por el que el contrato es considerado ley entre partes.
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