Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 152-I Sucre 2 de mayo de 2006
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Sonia Álvarez Vda. de Galvan c/ Hugo Armando Galván
Saucedo. Allanamiento del domicilio o sus dependencias y otro.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 226 a 230 interpuesto por Sonia Álvarez Vda. de Galvan, impugnando el Auto de Vista Nº 297 de 10 de diciembre de 2005 de fojas 215 a 217, pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Hugo Armando Galván Saucedo, por el delito de allanamiento del domicilio y sus dependencias y robo, previstos y sancionados por los artículos 298 y 331 del Código Penal.
CONSIDERANDO: que Sonia Álvarez Vda. de Galván mediante su recurso de casación de fojas 226 a 230 impugna el Auto de Vista Nº 297 de fecha 10 de diciembre de 2005, señalando: que tanto la sentencia como el Auto de Vista recurrido de casación han valorado incorrectamente la prueba; al respecto, invoca el Auto Supremo Nº 466 de fecha 6 de diciembre de 1997 que según el imputado establece que: "Incurre en allanamiento de morada quien entra en la ajena propiedad contra la voluntad de su morador, ya lo haga subrepticia o fraudulentamente, ya introduciéndose en ella con violencia o limitación, con el propósito manifiesto de atentar contra el derecho constitucional que garantiza la inviolabilidad del domicilio".
CONSIDERANDO: que de la revisión de recurso de casación se concluye:
Que una cosa es la defectuosa valoración de la prueba y otra la adecuación del hecho ilícito al tipo penal de allanamiento de domicilio o sus dependencias incurso en el artículo 298 del Código Penal, además el recurso de casación fue interpuesto fuera del plazo procesal.
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