Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 152-A
Sucre, 28 de abril de 2017
Expediente : 152/2017-Pn
Demandante : Marco Rodríguez Ibáñez
Demandado : G. A. M. de Santa Rosa del Abuna
Distrito : Pando
Materia : Contencioso
VISTOS: La Constitución Política del Estado, La Ley Transitoria para la Tramitación de los Procesos Contencioso y Contencioso Administrativo Nº 620 de 31 de diciembre de 2014, el Código Procesal Civil, el Código de Procedimiento Civil, demás antecedentes y:
CONSIDERANDO I. Taxativamente el art. 5 de la Ley 620, en su parágrafo I, dispone: “Contra la resolución que resuelva el proceso contencioso, procederá el Recurso de casación, conforme a lo siguiente: 1.En los procesos contenciosos tramitados en las Salas Contenciosas y Contenciosas Administrativas de los Tribunales Departamentales de Justicia, los Recursos de Casación serán resueltos por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia”. (Textual).
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