Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 153
Sucre, 23 de junio de 2014
Expediente : 26/2014-S
Demandante : Cinthia María Ninoska Orellana
Demandado : Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos
Distrito : La Paz
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 95 a 96 interpuesto por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos representado por Nativo Reyes Dorado, contra el Auto de Vista Nº 06/13 de 18 de enero cursante a fs. 91 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso laboral seguido por Cinthia María Ninoska Orellana contra la empresa recurrente; la respuesta de fs. 98 a 99; el Auto de fs. 100 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que tramitado el proceso laboral, el Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Sentencia Nº 183/2012 de 27 de abril de fs. 68 a 75, por la que declaró probada la demanda de fs. 9 a 10, subsanada a fs. 13; disponiendo la reincorporación de la actora a su fuente de trabajo que ocupaba en Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, sea con el consiguiente pago de los salarios devengados, por el tiempo demandado a ser determinado en ejecución de sentencia.
I.2 Auto de Vista
Interpuesto el recurso de apelación por la empresa demandada de fs. 78 a 79 vta., mediante Auto de Vista Nº 06/13 de 18 de enero cursante a fs. 91 y vta., la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, anuló el Auto de concesión de fs. 84, declarando ejecutoriada la Sentencia Nº 183 de 27 de abril de 2012 de fs. 68 a 75. Sin responsabilidad por ser excusable.
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