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TSJ

AS/0153/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2022Civil
Proceso
Nulidad de contrato, modificación de relación contractual y restitución de dinero.
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 153/2022-RA

Fecha: 16 de marzo de 2022

Expediente: CH-15-22-S.

Partes: Gregoria Tarqui Tijra, representada por Florinda Cuba Saavedra c/ Eduardo Iván López Alcocer.

Proceso: Nulidad de contrato, modificación de relación contractual y restitución de

dinero.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 317 a 329 vta., interpuesto por Gregoria Tarqui Tijra, representada por Florinda Cuba Saavedra, contra el Auto de Vista Nº 20/2022 de 02 de febrero, de fs. 312 a 315 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justica de Chuquisaca, en el proceso de nulidad de contrato, modificación de relación contractual y restitución de dinero, seguido por la recurrente contra Eduardo Iván López Alcocer, la contestación de fs. 332 a 336, el Auto de concesión de 09 de marzo de 2022 visible a fs. 337, todo lo concerniente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Gregoria Tarqui Tijra, por memorial de fs. 88 a 100, inició proceso de nulidad de contrato, modificación de relación contractual y restitución de dinero contra Eduardo Iván López Alcocer, quien una vez citado, según escrito de fs. 123 a 128 vta., contestó negativamente y planteó demanda reconvencional, desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia 75/2021 de 20 de julio de fs. 224 vta., a 240, en la que el Juez Público Civil y Comercial 4° de la ciudad de Sucre, declaró PROBADA la demanda de nulidad de contrato e IMPROBADAS las demandas de declaratoria de modificación de relación contractual y restitución de dinero e IMPROBADA la excepción de incumplimiento de contrato; asimismo, IMPROBADA la demanda reconvencional de validez y eficacia jurídica del contrato de préstamo.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Eduardo Iván López Alcocer, mediante memorial de fs. 242 a 243 vta.; mereció que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justica de Chuquisaca, emita el Auto de Vista Nº 20/2022 de 02 de febrero, de fs. 312 a 315 vta., que REVOCÓ la Sentencia 75/2021 de 20 de julio de fs. 224 vta., a 240, declarando en consecuencia, IMPROBADA la demanda de nulidad de contrato, de modificación contractual y restitución de dineros entregados y PROBADA la demanda reconvencional de validez y eficacia del contrato.

3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Gregoria Tarqui Tijra, representada por Florinda Cuba Saavedra, según memorial de fs. 317 a 329 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Gregoria Tarqui Tijra, representada por Florinda Cuba Saavedra
Demandado
Eduardo Iván López Alcocer.
Proceso
Nulidad de contrato, modificación de relación contractual y restitución de dinero.
Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2022AS/0153/2022-RAFuente oficial