Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 154/2013
Sucre: 08 de abril 2013
Expediente: CB-17-13-S
Partes: Jaime Veizaga Zanabria c/ Empresa Nacional de Ferrocarriles Residual
Proceso: Ordinario de Pago de Daños y Perjuicios
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 2118 a 2119, interpuesto por Jaime Veizaga Zanabria contra el Auto de Vista de fecha 12 de octubre de 2012 cursante de fs. 2111 a 2114 vlta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso ordinario de Pago de Daños y Perjuicios seguido por Jaime Veizaga Zanabria contra Empresa Nacional de Ferrocarriles Residual (ENFE Residual), la concesión de fs. 2124, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Cuarto en lo Civil dicta la Sentencia de fs. 2084 a 2087, declarando improbadas tanto la acción principal como la reconvencional, y probadas las excepciones de falta de acción e improcedencia, opuestas respectivamente por el demandado a la acción principal y por el actor a la acción reconvencional.
Resolución de fondo que es recurrida de apelación por Jaime Veizaga Zanabria por escrito de fs. 2089 a 2090 vlta., en razón a ello se dicta el Auto de Vista de fecha 12 de octubre de 2012 de fs. 2111 a 2114, que confirma la Sentencia apelada; Resolución de alzada que es recurrida de casación en la forma por escrito de fs. 2118 a 2119 de obrados, que merece el presente análisis.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN.
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