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TSJReiteradora

AS/0154/2021

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2021Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado

La parte recurrente señala que la Resolución del Auto de vista 32/2020 de fecha 18 de junio corriente a fs. 130 a 135, en su numeral II CONCLUSIONES, acápite segundo en relación al recurso de apelación presentado por el representante de la Empresa de Servicios Periodísticos Multimedia Infopubica S.A...

Proceso
proceso por pago de beneficios sociales
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 154/2021

Sucre, 16 de marzo de 2021

Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 3/2021

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 137 a 138 y vta., interpuesto por Grover Esteban Yapura Aruquipa, en representación legal de la Empresa Servicios Periodísticos Multimedia INFOPUBLICA S.A, contra el Auto de Vista Nº 32/2020 de 18 de junio, cursante a fs. 130 a 135, pronunciado por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa segunda del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, dentro del proceso por pago de beneficios sociales que sigue Bania Brenda Soler López contra la empresa recurrente; la respuesta de fs. 141 a 142 y vta., el Auto Nº 03/2021-A de fecha 05 de enero de fs. 181 y vta. Que admitió el recurso, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso de referencia, la Juez cuarto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 54/2018 de fecha 12 de julio, de fs. 101 a 110, declarando probada en parte la demanda de fs. 21 a 23 y vta., debiendo la Empresa Servicios Periodísticos Multimedia INFOPUBLICA S.A.,

Representada legalmente por su personero legal el apersonado GROVER ESTEBAN YUPARA ARUQUIPA deberá cancelar a la parte demandante por concepto de Beneficios Sociales la Suma de (Bs. 18.215,25 Dieciocho mil doscientos quince 25/100 BOLIVIANOS).

En el siguiente detalle:

INDEMNIZACIÓN:

1 año : 2.557,16

9 meses: 1.917,86 : 4.475,02

2° aguinaldo: “esfuerzo por Bolivia” + multa/2015-DS.2631 : 5.114,32

Vacaciones: Duodesimas 9 meses. DS. 17288 : 958.93

Subtotal : 10.548,24

Multa 30% : 3.164,48

Subtotal : 13.712,75

Mas comisiones (No merecen actualización ni multa) : 4.502,50

TOTAL A PAGAR Bs. 18.215,25

(Son: DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS QUINCE 25/100 BOLIVIANOS)

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación, interponen recurso de apelación ambas partes en contienda, la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 32/2020-SSA-I de 18 de Junio, (fs. 130 a 135), Admite ambas apelaciones que se encuentran en contienda judicial por las partes por lo que y en fondo declara IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la Empresa de Servicios Periodísticos Multimedia Infopublica S.A representada por Grover Esteban Yapura Aruquipa (fs 112 a 113) y, PROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por Bania Brenda Soler López, (fs.116 a 117), en consecuencia REVOCA en parte la Sentencia N° 054/2018 de (fs. 101 a 110) únicamente en lo que refiere a la actualización y multas de las comisiones otorgadas modificando la liquidación de la siguiente forma:

INDEMNIZACIÓN: : 4.475,02

2° aguinaldo: “esfuerzo por Bolivia” + multa/2015-DS.2631 : 5.114,32

Vacaciones: Duodesimas 9 meses. DS. 17288 : 958.93

Mas comisiones (No merecen actualización ni multa) : 4.502,50

Subtotal : 15.050,77

Multa 30% : 4.515,23

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Máxima

ERROR DE HECHO EN LA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA/Cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho o error de hecho, deberá evidenciarse por documentos o actos auténticos que demostraren la equivocación manifiesta de la autoridad judicial.

Datos del proceso

Demandante
Bania Brenda Soler López
Demandado
Empresa Servicios Periodísticos Multimedia INFOPUBLICA S.A,
Proceso
proceso por pago de beneficios sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Articulo 271.I del Código Procesal Civil.

Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2021AS/0154/2021Fuente oficial