Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: Nº 156 Sucre, 15 de febrero de 2007
DISTRITO: Potosí
PARTES: Roberto Emilio Valda c/ Celso Duran Zambrana y otra.
Apropiación indebida.
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VISTOS: el recurso de casación de fojas 169 a 170 vuelta, interpuesto por Elizabeth Ximena Solíz Ledezma, impugnando el Auto de Vista Nº 029/06 de 6 de noviembre de 2006, dictado por la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de Potosí dentro del proceso penal que sigue Roberto Emilio Valda contra Celso Durán Zambrana y la recurrente, por el delito de apropiación indebida, sus antecedentes y;
CONSIDERANDO: que este Tribunal de Justicia ha declarado que la finalidad del recurso de casación mediante la unificación de doctrina, es " garantizar la igualdad de los ciudadanos en la aplicación e interpretación de la ley en todo el territorio nacional"; de donde deriva, que para la admisibilidad del recurso es necesaria la revelación de las posibles contradicciones externas con el precedente invocado, sin que aquél requisito constituya un obstáculo formalista o irrazonable de la norma.
Sin embargo conforme a la previsión de los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, la intervención de este Tribunal queda limitada ha aquellos supuestos en los que la contradicción sea expresada de manera clara y debidamente circunstanciada, admitiéndose los recursos cuando concurra el presupuesto de que en la interpretación o aplicación de la ley, los Tribunales de justicia hubieran incurrido en análisis inmotivados, irrazonable o arbitrarios y que funden un error con relevancia constitucional
CONSIDERANDO: que la recurrente impugna el Auto de Vista de fojas 161 a 166 señalando:
a) Que ella mantenía una relación de dependencia respecto al coprocesado Celso Durán Zambrana, quien habría manifestado su voluntad de saldar su obligación con el demandante, que ella participó en el proceso de licitación cumpliendo órdenes precisas para de una u otra forma adjudicar el mineral a favor del coprocesado, toda vez que él se presentó artificiosamente con otra empresa.
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