Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0160/2014

Tribunal Supremo de Justicia
23 de julio de 2014Social 2daMag. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
Proceso
Sala
Social 2da
Año
2014

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 160/2014.

Sucre, 23 de julio de 2014.

Expediente: SSA.II-CBBA.160/2014.

Distrito: Cochabamba.

Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo cursante a fs. 153 interpuesto por el GRUPO LONSDALE S.A., representada legalmente por Juan Carlos Sánchez León, contra el Auto de Vista Nº 063/2013 de 24 de diciembre, cursante de fs. 147, emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso contencioso tributario, seguido por el GRUPO LONSDALE S.A., contra la Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes de la ciudad de Cochabamba (GRACO), impugnando las Resoluciones Sancionatorias Nos. 18-00070-12, 18-00071-12, 18-00072-12, 1800073-12, 18-00074-12, 18-00075-12, 18-00076-12,18-00077-12, 18-00078-12, 1800079-12, 18-00080-12, 18-00081-12, 1800082-12, 18-00083-12, 18-00084-12, 18-00085-12, 18-00086-12, 18-00087-12, 18-00088-12, 18-00089-12, 18-00090-12, 18-00091-12, 1900092-12, 18-00093-12 y 18-00094-12, todas de 9 de abril de 2012, la respuesta de fs. 160 a 162, el auto de fs. 163; que concedió el recurso, los antecedentes procesales, y;

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de Cochabamba, pronunció Sentencia Nº 11 de 21 de diciembre de 2012, cursante de fs. 107 a 115, declarando improbada la demanda contencioso tributaria de fs. 82 a 83, en consecuencia confirmando la validez, vigencia y legalidad de las Resoluciones Sancionatorias Nos. 18-00070-12, 18-00071-12, 18-00072-12, 1800073-12, 18-00074-12, 18-00075-12, 18-00076-12,18-00077-12, 18-00078-12, 1800079-12, 18-00080-12, 18-00081-12, 1800082-12, 18-00083-12, 18-00084-12, 18-00085-12, 18-00086-12, 18-00087-12, 18-00088-12, 18-00089-12, 18-00090-12, 18-00091-12, 1900092-12, 18-00093-12 y 18-00094-12, todas de 9 de abril de 2012.

En grado de apelación deducida por el GRUPO LONSDALE S.A., de fs. 127, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió Auto de Vista Nº 063/2013 de 24 de diciembre de fs. 147, confirmando la Sentencia apelada de fs. 107 a 115.

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 153 interpuesto por el GRUPO LONSDALE S.A., representado legalmente por Juan Carlos Sánchez León, quien previo a referirse a los antecedentes procesales, denunció que:

Mostrando 11 de 22 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Magistrado relator
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
Tribunal Supremo de Justicia23 de julio de 2014AS/0160/2014Fuente oficial