Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo N° : 161 /2014
Fecha : Sucre, 25 de junio de 2014
Distrito : La Paz
Expediente N° : 551/2009
Partes :Adriana Kilibarda Urquizo c/ Empresa Natural Learning Corporation Editores de Bolivia S.R.L.
Proceso : Reintegro de Beneficios Sociales
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación en el Fondo de fs. 242 a 243 y vta., interpuesto por Iván Gabriel Pereira Ramallo, en representación legal de Adriana Kilibarda Urquizo; del Auto de Vista Nº 130/2009 de 29 de mayo de 2009 de fs. 238 y vta., emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del Proceso Social por Reintegro de Beneficios Sociales, seguido por Adriana Kilibarda Urquizo, contra la Empresa Natural Learning Corporation Editores de Bolivia S.R.L., el memorial de contestación de fs. 246 a 247, el Auto de fs. 105, que concede el Recurso de Casación, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, dictó la Sentencia Nº 42/2008 de 28 de mayo de 2008 de fs. 219 a 223, declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 4 a 5 y vta., y PROBADA EN PARTE LA EXCEPCION PERENTORIA DE PAGO, debiendo la Empresa Natural Learning Corporation Editores de Bolivia S.R.L., pagar en favor de la actora, la liquidación que a continuación se detalla:
FECHA DE INGRESO: 13 de noviembre de 2005
FECHA DE RETIRO: 30 de julio de 2006
Tiempo de Servicios: 8 meses y 17 días
Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 4.245,33.-
Indemnización: Bs. 3.027,94.-
Desahucio: Bs. 12.735,99.-
Aguinaldo gestión 2006: Bs. 2.476,44.-
TOTAL: Bs. 18.240,37.-
Multa del 30%: Bs. 5.472,11.-
TOTAL PARCIAL Bs. 23.712,48.-
Menos lo pagado s/ finiquito de fs. 3 Bs. 18.042,65.-
TOTAL A CANCELAR: Bs. 5.669,83.-
En grado de Apelación, deducida por el representante legal de la parte demandante, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista Nº 130/2009 de 29 de mayo de 2009 de fs. 238 y vta., que CONFIRMA la Sentencia Nº 42/2008 de 28 de mayo de 2008 de fs. 219 a 223. Con costas.
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