Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 161/2019.
FECHA: Sucre, 8 de octubre de 2019.
EXPEDIENTE Nº: 02/2019.
PROCESO: Detención Preventiva con Fines de Extradición.
PARTES: A solicitud de la Embajada de la República Argentina del ciudadano Jhonny Fidel Pinto López.
MAGISTRADO TRAMITADOR: Esteban Miranda Terán.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de detención preventiva con fines de extradición y solicitud de pedido formal de Extradición del ciudadano boliviano Jhonny Fidel Pinto López, presentada por la Embajada de la República Argentina al Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia mediante nota REB N° 436 de 17 de diciembre; re-expedida a este Tribunal por el Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, a través de nota GM-DGAJ-UAJI.Cs-3328/2018 fechada el 21 de diciembre de 2018, los antecedentes adjuntos del caso.
CONSIDERANDO I: De los antecedentes adjuntos a la solicitud formal de extradición de la Embajada de la República Argentina, se establecen los siguientes hechos:
El ciudadano boliviano Jhonny Fidel Pinto López, con cédula de identidad N° 8.464.864, nacido en fecha 15 de agosto de 1994, con último domicilio conocido en la calle Santiago de las Carreras N° 5000, de C.A.B.A., quien ha sido imputado por los delitos de Abuso Sexual Gravemente Ultrajante, reiterado en múltiples oportunidades, agravado por cometerse contra menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, todos ellos en concurso real, previstos en los arts. 55; 119-4, inc. f) en función del art. 119-II del Código Penal y art. 151 del Código de Procedimiento Penal, ambos compilados de la República Argentina, seguido por el Juzgado de Garantías N° 1 del Departamento Judicial de la Matanza, Provincia de Buenos Aires, República Argentina.
Mary Mabel Castillo, Juez Titular a cargo del Juzgado de Garantías N° 1 del Departamento Judicial de la Matanza, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, expidió la Orden de Captura Nacional e Internacional de Jhonny Fidel Pinto López, con cédula de identidad N° 8.464.864, nacido en fecha 15 de agosto de 1994, con último domicilio conocido en la calle Santiago de las Carreras N° 5000, de C.A.B.A., para ser puesto a disposición de la Juez Titular a cargo del Juzgado de Garantías N° 1 del Departamento Judicial de la Matanza, y a disponibilidad del Ministerio Público, por los delitos de Abuso Sexual Gravemente Ultrajante, reiterado con agravante por cometerse contra menor de 18 años, todos ellos en concurso real de delitos, previstos en los arts. 55; 119-4, inc. f) en función del art. 119-II del Código Penal y art. 151 del Código de Procedimiento Penal, ambos cuerpos normativos de la República Argentina
CONSIDERANDO II: En atención a la nota REB N° 436 de 17 de diciembre, de la Embajada de la República Argentina, re-expedida por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante nota GM-DGAJ-UAJI.Cs-3328/2018 fechada el 21 de diciembre de 2018, que cursa a fojas 16 de obrados, este Tribunal Supremo de Justicia, mediante Auto Supremo Nº 02/2019 de 9 de enero de 2019, dispuso la Detención Preventiva con Fines de Extradición del ciudadano requerido, oficiándose para éste efecto a los Presidentes de los nueves Tribunales Departamentales de Justicia, para que el Presidente del departamento en que fuese habido, comisione al Juez de Instrucción en lo Penal del respectivo distrito judicial para que, en conocimiento del presente Auto Supremo, expida mandamiento de detención que podrá ser ejecutado en el ámbito nacional con auxilio de la INTERPOL y la Policía Boliviana.
El mismo Auto Supremo determinó, que a los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el art. 440 del Código de Procedimiento Penal, se dispuso que cada uno de los nueve Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, certifiquen a través de sus juzgados penales, la existencia de algún proceso penal en trámite que se hubiera instaurado contra Jhonny Fidel Pinto López, solicitándose similar certificación al Consejo de la Magistratura de Bolivia a través del Registro Judicial de Antecedentes Penales.
La orden de Detención Preventiva para Fines de Extradición fue cumplida el 9 de agosto de 2019, a través de Mandamiento expedido por el Juzgado de Instrucción en lo Penal Séptimo de la ciudad de Oruro, de 12 de abril de 2019 (fs. 358) y el 9 de agosto de 2019, se notificó personalmente con el mencionado Auto Supremo 02/2019 al ciudadano Jhonny Fidel Pinto López.
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