Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 163 Sucre 19 de mayo de 2005
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Ministerio Público c/ Javier Contreras Ribera.
Tentativa de robo agravado.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 79 a 82 interpuesto por Javier Contreras Ribera, impugnando el Auto de Vista número 12 de 8 de diciembre de 2004 de fojas 72 a 73, pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de tentativa de robo agravado, previstos y sancionados por los artículos 8º con relación al 332 del Código Penal.
CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del la Ley Nº 1970, debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro de los cinco días computables a partir de la notificación con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando los hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado con relación al precedente invocado.
CONSIDERANDO: que, Javier Contreras Ribera mediante su recurso de casación impugnando el Auto de Vista de fojas 72 a 73, sostiene: que no está de acuerdo que el Auto de Vista mencionado confirme la sentencia con la pena máxima de 6 años; porque no correspondía dicha pena por el delito de tentativa de robo agravado; al respecto, invoca los Autos Supremos Nº 258 de 22 de julio de 2002 y 523 de 20 de septiembre de 2004, indica, que los mismos son claros y que el segundo precedente con relación a la imposición de la pena máxima rebaja la pena privativa de libertad.
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