Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo Nº:163/2013.
Fecha: Sucre,16 de mayo de 2013.
Distrito:Tarija.
Expediente:13/11.
Partes:Ministerio Público contra Santos Ausberto Sánchez Flores.
Delito: Abuso Deshonesto en grado de Tentativa.
Recurso:Casación.
VISTOS: (Del recurso en cuestión).-
El Recurso de Casación planteado por Santos Ausberto Sánchez Flores de fs. 122 a 124 vta., impugnando el Auto de Vista Nº 07/2011 de 7 de abril, cursante de fs. 102 a 106, de obrados pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente en grado de Tentativa, previsto y sancionado por el art. 308 Bis., con relación al 8 del Código Penal, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales).-
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal cursante de fs. 2a 6 de obrados, previa la sustanciación del juicio oral el Tribunal de Sentencia de Villamontes del Distrito Judicial de Tarija, mediante Sentencia N° 05 de 24 de julio de 2009 (fs. 74 a 81 vta.), declaró a Santos Ausberto Sánchez Flores, autor y culpable del hecho ilícito de Abuso Deshonesto en grado de Tentativa, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al 8 del Código Penal, condenándolo a cumplir la pena privativa de libertad de 3 años y 4 mesesa cumplir en el centro de Rehabilitación de "Palmasola" de la ciudad de Santa Cruz y se lo declaró absuelto de pena y culpa del delito de Violación en grado de Tentativa.
Que, ante esta Sentencia Santos Ausberto Sánchez Flores planteó Recurso de Apelación Restringida de fs. 89 a 94, mismo que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 7 de abril de 2011, la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, de fs. 102 a 106 dictó Auto de Vista declarando Sin Lugar el Recurso de Apelación Restringida interpuesto por el recurrente confirmando totalmente la Sentencia impugnada con costas.
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Santos Ausberto Sánchez Flores, planteó Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de Casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos, los siguientes:
Que, el Tribunal de Alzada no se hubiese referido o manifestado respecto de los extremos impugnadosrespeto de que el delito de Abuso Deshonesto es un delito de acción y no admite Tentativa.
El Tribunal de Alzada no consideró ni se refirió respecto dela calificación del delito con relación a la pena impuesta.
Violación al principio de congruencia ya que fue acusado por el delitos de Violación de Niño, Niña o Adolescente y fue condenado por Abuso Deshonesto en grado de Tentativa.
Del Precedente Contradictorio Invocado: En el Recurso de Apelación Restringida de fs. 89 a 94, al igual que en su Recurso de Casación se invocó como precedentes contradictorios el Auto de Vista 64/2008 (no señala Distrito ni fecha) y Autos Supremos Nº 165 y 201 (Tampoco señala fecha).
De la solicitud: Solicitó que admitido su recurso se pronuncie nuevo fallo estableciéndose la existencia o no de contradicción en los precedentes contradictorios expuestos.
CONSIDERANDO III: (Procedibilidad ante un Recurso de Casación).-
Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por un lado, fijar la jurisprudencia, entendiendo por tal la proclamación en abstracto de la Doctrina Legal, fijando, con ello, la interpretación que ha de darse a los textos legales; y, por otro, enmendar las infracciones de Ley o de Doctrina que los Tribunales hayan cometido en la tramitación o resolución de los juicios.
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