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TSJ

AS/0163/2014

Tribunal Supremo de Justicia
17 de abril de 2014Civil IMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Anulabilidad de contrato.
Sala
Civil I
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CIVIL

Auto Supremo: 163/2014

Sucre: 17 de abril 2014

Expediente : SC-17-14-S

Partes : Arminda Aparicio Padilla y Amalia Aparicio Padilla. c/ Jheny Vargas

Zamora y Cristóbal Aparicio Quiñonez

Proceso : Anulabilidad de contrato.

Distrito : Santa Cruz.

VISTOS: Los recurso de casación de fs. 367 a 371 y el recurso de casación de fs. 373 y vlta., el primero interpuesto por Arminda Aparicio Padilla y Amalia Aparicio Padilla, el segundo, interpuesto por Jheny Vargas Zamora, ambos en contra del Auto de Vista de fecha 13 de diciembre de 2013 pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Anulabilidad de contrato, seguido por Arminda Aparicio Padilla y Amalia Aparicio Padilla en contra de Jheny Vargas Zamora y Cristóbal Aparicio Quiñonez, la concesión de fs. 380, los antecedentes del proceso, y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, el JuezMixto Primero de Partido y Sentencia de Camiri, Prov. Cordillera a los 5 días de agosto de 2013 dictó Sentencia, por la cual declaró probada en parte la demanda de fs. 20 a 23 vlta., correspondiendo la anulabilidad parcial de la minuta de transferencia de 28 de noviembre de 2008, protocolizado en la Escritura Pública Nº 679/2008, en consecuencia dispuso: La Anulabilidad Parcial del contrato, sólo en la cuota parte que le corresponde a las demandantes, disponiendo que en ejecución de Sentencia se inscriba el derecho de las demandantes en la oficina de Derechos Reales, sobre la extensión superficial de 238.25 mts2, para cada una sobre el terreno ubicado en la calle Celso Villazon, Distrito 0003, manzano 018, predio 004, con una superficie de 2381 mts2, inscrito en Derechos Reales bajo la matricula Nº 7076010000513, que se encuentra actualmente registrado a nombre de Jheny Vargas Zamora.

Contra dicha Resolución, las demandantes, al igual que la demandada Jheny Vargas Zamora, interpusieron recurso de apelación, motivo por el cual la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Santa Cruz de la Sierra, dictó Auto de Vista confirmando totalmente la Sentenciaapelada.

Dictado el Auto de Vista, nuevamente, ambas partes,plantean recurso de casación, los mismos que son analizados.

CONSIDERANDO II:

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Recurso de Casación de Forma y de Fondo de Arminda Aparicio Padilla y Amalia Aparicio Padilla:

En la forma:

Acusa la violación del art. 254 del Código de Procedimiento Civil, indicando que se otorgó más de lo pedido al favorecer a la demandada Jheny Vargas Zamora y no pronunciarse sobre las pretensiones deducidas en el proceso y reclamadas oportunamente, mencionando que los Tribunales de instancia desconocenla demanda de anulabilidad, confundiendo con una de división y partición de bienes que no fue lo pretendido, mucho menos lo demandado. Por dicho motivo solicita la anulación del Auto de Vista y de la Sentencia.

En el fondo:

Las recurrentes, acusan que el Auto de Vista viola los arts. 1321 del Código Civil y 404 del Procedimiento Civil, acusa la confesión que realiza la codemandada sobre como conoció al demando y padre de las recurrentes, también indican que con la prueba de fs. 141 a 146 se demostró que la demandada fue testigo de actuación de la declaratoria de herederos, aspectos que demuestran la mala fe con la que actuó la codemandada.

En otro punto acusa error de hecho en la apreciación de la prueba, de manera general indica que no se valoró correctamente las pruebas de cargo las cuales fueron confirmadas por el Auto de Vista, hacen mención lo que solicitaron al Tribunal de Alzada indicando que se pretende dividir el terreno favoreciendo a la demandada quien se quedaría con más de la mitad del terreno y ésta división determinada por los Tribunales de instancia no fue peticionada, más al contrario se solicitó la anulación de todo el contrato de compra y venta de fecha 28 de noviembre de 2008.

Por dichos motivos solicita que en virtud al recurso de casación en la forma se Anule el ilegal Auto de Vista y se pronuncie nueva Resolución con arreglo al principio de pertinencia; respecto al recurso de casación en el fondo, indican que si se decidiere entrar al fondo de la controversia, se Case el Auto de Vista y la Sentencia, declarando Probada la demanda en todas sus partes.

Recurso de Casación de Jheny Vargas Zamora:

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Datos del proceso

Demandante
Arminda Aparicio Padilla y Amalia Aparicio Padilla.
Demandado
Jheny Vargas
Proceso
Anulabilidad de contrato.
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia17 de abril de 2014AS/0163/2014Fuente oficial