Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 163/2022
Sucre, 20 de abril de 2022
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente : SC-CA-SAII-TJA. 34/2022
Demandante : Luis Fausto Velásquez Arenas
Demandado : Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria de Tarija (SENASAG)
Proceso : Laboral (Beneficios Sociales)
Distrito : Tarija
Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa.
VISTOS EN SALA: El recurso de casación de fs. 156 a 157 vta., deducido por Juana Vaca Villalba en representación legal del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria del Distrito de Tarija (SENASAG), impugnando el Auto de Vista 188/2021 de 1 de octubre, pronunciado por la Sala Social, Seguridad Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija de fs. 143 a 1456 vta., dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales seguido por Luis Fausto Velásquez Arenas contra la recurrente; con memorial de respuesta al recurso de fs. 175 y vta.; el Auto de 6 de diciembre de 2021 de fs. 177 y vta., que concedió el recurso; el Auto Nº 34/2022-A de 20 de enero, que admitió del recurso de fs. 186 y vta.; los antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES.
Sentencia.
Tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de Tarija, emitió la Sentencia de fecha 29 de septiembre de 2017, de fs. 111 vta. a 115 vta., declarando probada en parte la demanda de fs. 11 a 12.
En consecuencia, dispuso que el SENASAG a través de su representante legal, cancele al actor sus derechos sociales de 66.309.2 (sesenta y seis mil trescientos nueve 02/100 bolivianos) conforme al siguiente detalle:
Tiempo de servicios: 7 años, 3 meses y 29 días.
Salario Promedio Indemnizable: Bs. 4.827,4.-
Vacación: Bs. 3.218,4.-
Subsidio Frontera: Bs. 59.872,4.-
Aguinaldo esfuerzo por Bolivia Bs. 3.218,4.-
Subsidio de lactancia: Bs. 1.440,0.-
Total a cancelar: Bs. 66.309.2.-
Auto de Vista.
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 188/2021 de 1 de octubre, de fs. 143 a 146 vta., la Sala Social, Seguridad Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, confirma totalmente la Sentencia de 29 de septiembre de 2017.
Contra el referido Auto de Vista, Juana Vaca Villalba en representación legal del SENASAG, interpuso recurso de casación de fs. 156 a 157 vta., emitiendo el Tribunal de alzada el Auto de concesión Nº 34/2022-A de 20 de enero, cursante a fs. 186 y vta.; el recurso tuvo las siguientes expresiones:
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
Mediante memorial presentado el 29 de octubre de 2021, Juana Vaca Villalba en representación legal del SENASAG interpuso recurso de casación, acusando vulnerar el art. 182 inc. a), b), c) y d) del Código Procesal del Trabajo (CPT) ya que con bastante prueba documental hubiere demostrado que el demandante contaba con contrato a plazo fijo, por lo que no le correspondería el pago de subsidio de frontera, aguinaldo ni lactancia.
Petitorio.- La recurrente solicita casar el auto de vista y deliberando en el fondo se revoque la Sentencia de fecha 1 de octubre de 2021.
III. RESPUESTA AL RECURSO DE NULIDAD.
Puesto en conocimiento del demandado el recurso de nulidad, en fecha 22 de noviembre cursante a fs. 171 vta.; responde en fecha 2 de diciembre, argumentado que el recurso de casación no cuenta con fundamentos legales, efectuando el Tribunal Aquo una correcta valoración de la prueba, demostrando imparcialidad al dictar la Sentencia.
Petitorio.- El demandado solicita ratificar el Auto de Vista Nº 188/2021 de 1 de octubre, pago de costas, multa del 30%, y actualización del valor al momento de la ejecución de la Sentencia.
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