Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 164/2014.
Sucre, 23 de julio de 2014.
Expediente: SSA.II-CBBA.164/2014.
Distrito: Cochabamba.
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo cursante a fs. 138 interpuesto por el GRUPO LONSDALE S.A., representada legalmente por Juan Carlos Sánchez León, contra el Auto de Vista Nº 054/2013 de 25 de octubre, cursante de fs. 132, emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso contencioso tributario, seguido por el GRUPO LONSDALE S.A., contra la Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes de la ciudad de Cochabamba (GRACO) SIN, impugnando las Resoluciones Sancionatorias Nos. 18-00033-12, 18-00034-12, 18-00035-12, 1800036-12, 18-00037-12, 18-00038-12, 18-00039-12,18-00040-12, 18-00041-12, 1800042-12, 18-00043-12, 18-00044-12, 1800045-12, 18-00046-12, 18-00047-12, 18-00048-12, 18-00049-12, 18-00050-12, todas de 24 de febrero de 2012, la respuesta de fs. 145 a 147, el auto de fs. 148, que concedió el recurso; los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de Cochabamba, emitió Sentencia Nº 10 de 14 de diciembre de 2012, cursante de fs. 92 a 99, declarando improbada la demanda contencioso tributaria de fs. 47 a 48, en consecuencia confirmando la validez, vigencia y legalidad de las Resoluciones Sancionatorias Nos. 18-00033-12, 18-00034-12, 18-00035-12, 1800036-12, 18-00037-12, 18-00038-12, 18-00039-12,18-00040-12, 18-00041-12, 1800042-12, 18-00043-12, 18-00044-12, 1800045-12, 18-00046-12, 18-00047-12, 18-00048-12, 18-00049-12, 18-00050-12, todas de 24 de febrero de 2012.
En grado de apelación deducida por el GRUPO LONSDALE S.A., de fs. 111, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió Auto de Vista Nº 054/2013 de 25 de octubre de fs. 132, confirmando la Sentencia apelada de fs. 92 a 99.
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 138 interpuesto por el GRUPO LONSDALE S.A., representado legalmente por Juan Carlos Sánchez León, quien previo a referirse a los antecedentes procesales, denunció:
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