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TSJ

AS/0164/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
15 de febrero de 2023Civil
Proceso
Declaración judicial de Existencia de Deuda e Intereses
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 164/2023-RA

Fecha: 15 de febrero de 2023

Expediente: LP-23-23-S.

Partes: Distribuidora de Electricidad La Paz S.A. (DELAPAZ) c/ Empresa Rural Eléctrica de La Paz S.A. (EMPRELPAZ)

Proceso: Declaración judicial de Existencia de Deuda e Intereses.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1203 a 1212, interpuesto por la Distribuidora de Electricidad La Paz S.A. (DELAPAZ), contra el Auto de Vista N° SO-411/2022, de 06 de septiembre, que sale de fs. 1190 a 1197, y el Auto aclaratorio de 31 de octubre de 2022, corriente a fs. 1200, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso ordinario de declaración judicial de existencia de deuda e intereses seguido por el ente recurrente contra la Empresa Rural Eléctrica de La Paz S.A. (EMPRELPAZ), el Auto de concesión de 17 de enero de 2023 visible a fs. 1217, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Distribuidora de Electricidad La Paz S.A. (DELAPAZ), por memorial de demanda que discurre de fs. 258 a 264, subsanado de fs. 332 a 339, 833 a 836 vta. y 848 a 851 vta., inició proceso ordinario de declaración judicial de existencia de deuda e intereses contra la Empresa Rural Eléctrica de La Paz S.A. (EMPRELPAZ), quien una vez citado, mediante memorial de fs. 935 a 938, contestó negativamente a la demanda, planteó excepción de improponibilidad de la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 195/2022 de 29 de marzo, que cursa de fs. 1154 a 1163, donde la Juez Público Civil y Comercial 2° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por la Distribuidora de Electricidad La Paz S.A. (DELAPAZ), mediante memorial cursante de fs. 1166 a 1167, originó que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita la Resolución N° SO-411/2022 de 06 de septiembre cursante de fs. 1190 a 1197 y el Auto aclaratorio de 31 de octubre de 2022 a fs. 1200, el cual ANULÓ obrados hasta fs. 358.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la Distribuidora de Electricidad La Paz S.A. (DELAPAZ) según escrito visible de fs. 1203 a 1212; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido, y conforme a la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, de acuerdo con el procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Distribuidora de Electricidad La Paz S.A. (DELAPAZ)
Demandado
Rural Eléctrica de La Paz S.A. (EMPRELPAZ)
Proceso
Declaración judicial de Existencia de Deuda e Intereses
Tribunal Supremo de Justicia15 de febrero de 2023AS/0164/2023-RAFuente oficial