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TSJ

AS/0166/2014

Tribunal Supremo de Justicia
23 de abril de 2014Civil IMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
División de Herencia y otros.
Sala
Civil I
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 166 /2014

Sucre: 23 de abril 2014

Expediente : LP-8-14-S

Partes : Boris Mario, Marianela Matilde, Mario Antonio Arias Torrez y María Luisa

Torrez de Arias. C/ Jaime Adolfo Espinoza Nava y Martha Leonor Nava.

Proceso : División de Herencia y otros.

Distrito : La Paz.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 594 y vlta., de obrados, interpuesto por Jaime Adolfo Espinoza Nava, contra el Auto de Vista Nº S-249/2012 de 11 de junio 2012, cursante de fs. 584 a 585 y vlta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de División de Herencia y otros seguido por Boris Mario, Marianela Matilde, Mario Antonio Arias Torrez y María Luisa Torrez de Arias en contra de Jaime Adolfo Espinoza Nava y Martha Leonor Nava, la concesión de fs. 661, los antecedentes procesales; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, el Juez Segundo de Partidoen lo Civil y Comercial de La Paz, en suplencia del Juez Primero, dicta Sentencia en fecha 25 de Octubre de 2010 cursante de fs. 500 a 503 de obrados, y falla declarando probada la demanda de fs. 96-98 vlta. subsanada de fs. 101 a 102 vlta., de obrados interpuesta por Marianela Matilde Arias Torrez y María Luisa Torrez Vda. de Arias y Boris Mario Arias Torrez en representación de Mario Antonio Arias Torrez, e improbada la demanda reconvencional de fs. 110 a 114 plantada por Martha Leonor Nava; en virtud a ello dispone se proceda a la división y partición del inmueble ubicado en la Av. Manco Kapac Nº 386 con una superficie de 125.55 mts2 registrado bajo la Matricula de Folio Real Nº 2010990020078, al no admitir materialmente cómoda división y partición dispone se proceda a la subasta y remate de dicho bien inmueble para que del producto de la subasta y remate que se obtenga del inmueble se entregue el dinero en el siguiente porcentaje:

1) Para los atores, Marianela Matilde Arias Torrez, María Luisa Torrez Vda. de Arias y Boris Mario Arias Torrez en representación legal de Mario Antonio Arias Torrez el valor del 33.33% a ser repartido entre todos los herederos por igual; el valor del 33.33% para la co - heredera MARTHA LEONOR NAVA y el valor restante del 33.33% para el co - heredero JAIME ESPINOZA NAVA, haciendo el total del bien inmueble.

2) Con relación a la suma de dinero de $us 26.000 (Veintiséis mil dólares americanos), correspondiente al depósito en plazo fijo Nº 00-34-155693-3 aperturado a nombre de Martha Leonor Nava y Matilde Nava León (de cujus), dispuso proceder a su división y partición de la siguiente manera; para los actores Marianela Matilde Arias Torrez y María Luisa Torrez de Vda. de Arias y Boris Mario Arias en representación legal de Mario Antonio Arias Torrez la suma de $us. 8.666.-(Ocho mil seiscientos sesenta y seis 00/10 dólares americanos) a ser repartidos entre todos los herederos por igual es decir $us 2.166,50.-(Dos mil ciento sesenta y seis 50/100 dólares americanos) para cada uno; la suma de $us. 8.666.- (Ocho mil seiscientos sesenta y seis 00/100 dólares americanos) para la coheredera MARTHA LEONOR NAVA, debiendo esta última depositar la suma de $US. 17.332.- (Diecisiete mil trescientos treinta y dos 00/100 dólares americanos) ante el Consejo de la Judicatura bajo las formalidades de rigor, Sentencia que fue complementada por Auto de fecha 15 de Febrero de 2011

Deducida la apelación por Martha Leonor Nava, la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº S-249/2012 de 11 de junio 2012, confirmo en parte la sentencia y el Auto Complementario de 15 de febrero de 2010, únicamente respecto a la división y partición del inmueble ubicado de la Av. Manco Kapac Nº 386 con una superficie de 125.55 Mts2 registrado bajo la matrícula de Filo Real Nº 2010990020078 y Revocó en parte la sentencia respecto a la división de la cuenta bancaria Nº 00-34-155693-3 dejándola sin efecto.

Que, ante la determinación adoptada por el Tribunal de Alzada, Jaime Espinoza Nava interpuso recurso de casación en el fondo contra el citado Auto de Vista de fs. 584 a 585 y vlta.

CONSIDERANDO II:

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

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Datos del proceso

Proceso
División de Herencia y otros.
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran
Tribunal Supremo de Justicia23 de abril de 2014AS/0166/2014Fuente oficial