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TSJ

AS/0166/2022

Tribunal Supremo de Justicia
26 de octubre de 2022PlenaMag. Juan Carlos Berrios Albizu
Proceso
extradicion
Sala
Plena
Año
2022

Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 166/2022

FECHA: Sucre, 26 de octubre de 2022

EXPEDIENTE: 21/2022 EXTR

PROCESO: Extradición

PARTES: A solicitud de la Embajada de la

República Federativa del Brasil contra Olício Dos Santos Monteiro

MAGISTRADO TRAMITADOR: Dr. Juan Carlos Berrios Albizu

del Brasil, sobre extradición del ciudadano brasilero Olício Dos Santos Monteiro; la documentación acompañada al efecto.

CONSIDERANDO I (De los antecedentes):

La Embajada de la República Federativa del Brasil en Bolivia, al amparo del Acuerdo de Extradición entre los Estados Partes del MERCOSUR y la Republica de Bolivia (ahora Estado Plurinacional de Bolivia) y la República de Chile, mediante Nota Verbal N° 239 de 13 de junio de 2022, dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia (fs. 1 y 2), quien a su vez remite la Nota N° GM-DGAJ-UAJI-Cs-1781/2022 de 27 de junio (fs. 350), requiere la extradición del ciudadano brasilero OLICIO DOS SANTOS MONTEIRO, requerimiento emanado por la 3o Vara Criminal Pontes e Lacerda - MT de la República Federativa del Brasil.

El requerimiento señala que el ciudadano brasilero OLÍCIO DOS SANTOS MONTEIRO, natural de Pontes e lacerda, hijo de Julia dos Santos Martins y Odilio Martins Monteiro, nacido el 25 de julio de 1985, es investigado dentro de la acción penal N° 899468.2018.811.0013, por la presunta comisión del delito de “Robo” de una motocicleta con Placa NPQ-1419, donde ejerció amenaza y violencia con la utilización de un arma de fuego contra la victima José Moraes de Oliveira (fs. 26), conducta prevista y sancionada en los artículos 14.11 y 157 del decreto Ley N° 2.848 de 7 de diciembre de 1940 (Código Penal) del ordenamiento penal brasileño.

Con los citados argumentos, solicita al Estado Plurinacional de Bolivia la extradición activa del citado ciudadano, quien se encontraría en el Estado Plurinacional de Bolivia a cuyo efecto adjuntó: (i) Decreto Ley N° 2848 de 07 de diciembre de 1940 (fs. 3-4 y 21-22), (ii) Orden de arresto y datos del extraditable (fs. 5 y 23), (iii) datos del proceso (fs. 6 y 29), (iv) formulario de solicitud de extradición (fs. 8 a 12 y 25 a 29), (v) Orden de detención (fs. 13 y 30) y (vi) carta de interés de extradición (fs. 16-17 y 31-32),

CONSIDERANDO II (Del marco legal):

Revisados los antecedentes de la solicitud de extradición del ciudadano brasilero OLÍCIO DOS SANTOS MONTEIRO, este Tribunal pasa a exponer el marco legal en los siguientes términos:

La extradición es un procedimiento solemne y formal, regida por requisitos y reglas previstas en un tratado o convenio bilateral o multilateral especifico o en su ausencia por el principio de reciprocidad, que permite la entrega por un Estado (el Estado requerido) de un individuo que se encuentra en su territorio, a otro Estado (el Estado requirente), a los fines de ser sometido a un proceso judicial o a la ejecución de una pena impuesta en su contra.

Los tratados internacionales se constituyen en un fundamento de la cooperación penal internacional en todo el mundo y ante su ausencia, el principio de reciprocidad cobra

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Datos del proceso

Demandante
solicitud de la Embajada de la Republica Federativa del Brasil
Demandado
Olício Dos Santos Monteiro
Proceso
extradicion
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia26 de octubre de 2022AS/0166/2022Fuente oficial