Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 167 Sucre 23 de marzo de 2004
DISTRITO: Oruro
PARTES: Gregorio Villcarani Villca c/ Clemente Huarachi Cahuana,
violación
MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
VISTOS: El recurso de casación de fs. 127-128 interpuesto por Clemente Huarachi Cahuana, impugnando el A.V. de fs. 124-125 de 29 de mayo de 2002, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Oruro, dentro del proceso penal seguido por Gregorio Villcarani Villca, contra el recurrente, por la comisión del delito de violación; sus antecedentes, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 135,y
CONSIDERANDO: Que a fs. 124-125 cursa el A.V. pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Oruro, que anula la sentencia apelada de fs. 108 -111 y al no existir prueba plena como exige el art. 243 del Código de Procedimiento Penal, absuelve de culpa y pena a Clemente Huarachi Cahuana, por la comisión del delito contemplado en la segunda parte del art. 308 del Código Penal, y lo condena como autor del delito de intento de violación contemplado en el art. 308, con relación al art. 8º del Código Penal, condenándolo a la pena de diez años de presidio en la cárcel pública de "San Pedro" de la ciudad de Oruro, más costas a favor del Estado y pago de daños civiles a fijarse en ejecución de sentencia.
Contra el referido fallo a fs. 127-128, recurre de casación, Clemente Huarachi Cahuana.
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