Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 167/2021
Sucre, 16 de marzo de 2021
Expediente: SC-CA.SAII- CBBA. 511/2020
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 287 a 291 vta., interpuesto por Rimer Ángel Céspedes Hinojosa en representación de Ivan Marcelo Telleria Arévalo, Alcalde Suplente Temporal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba contra el Auto de Vista Nº 117/2020 de 30 de julio de fs. 283 a 285 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Patricia Judith Sempertegui Auza y Norma Susara Quisbert contra la entidad recurrente, el Auto de 16 de noviembre de 2020 a fs. 297 que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 511/2020-A de 4 de diciembre de fs. 304 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso.
I.1.1. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Cuarto del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la Sentencia de 15 de julio de 2019 de fs. 251 a 255, declarando IMPROBADA la demanda de fs. 1 a 2, aclarada a fs. 6, en cuanto a los beneficios sociales de indemnización y desahucio, feriados, domingos y horas extras trabajadas, actualización en base a la variación de la UNIDAD DE Fomento a la Vivienda y multa del 30% y PROBADA la demanda de fs. 1 a 2, aclarada a fs. 6, respecto a la cancelación de duodécimas de aguilando de navidad de la gestión 2017 y sueldos adeudados, por lo que se conmina al Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba cancele a las actoras por medio de su representante el monto total de las liquidaciones:
Para Patricia Judith Sempertegui Auza
Fecha de inicio de Prestación de Servicios: 01/12/2016
Fecha de conclusión de Prestación de Servicios: 30/06/2017
Sueldo Mensual: Bs.4000
Aguinaldo de Navidad Bs.2000
Sueldos Adeudados Bs.14.000
Total Bs.16.000
Para Norma Susara Quisbert
Fecha de inicio de Prestación de Servicios: 01/12/2016
Fecha de conclusión de Prestación de Servicios: 30/06/2017
Sueldo Mensual: Bs.4000
Aguinaldo de Navidad Bs.2000
Sueldos Adeudados Bs.10.000
Total Bs.12.000
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por Rimer Ángel Céspedes Hinojosa en representación de Ivan Marcelo Telleria Arévalo, Alcalde Suplente Temporal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba de fs. 262 a 265 vta. la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista N° 117/2020 de 30 de julio, cursante de fs. 283 a 285 vta., confirma la sentencia de 15 de julio de 2019, sin costas.
CONSIDERANDO II:
II.1. MOTIVOS DEL RECUROS DE CASACION.
El referido Auto de Vista, motivó al demandado a interponer el recurso de casación en el fondo y la forma, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 287 a 291 vta.
Manifiesta una interpretación y aplicación errónea de los art. 3 h), 66 y 150 del código procesal del trabajo, puesto que se tiene demostrado que las actoras no fueron contratadas en los tiempos que ellas reclaman, como se tiene de las pruebas cursante en el expediente, las cuales no fueron valoradas.
Por otra parte, se señala al DS 25749 de 20 de abril de 2000, que hace referencia a la remuneración que se otorga al servidor por el desempeño en sus funciones, siendo bajo este razonamiento y conforme a las pruebas, no correspondería al Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba hacer efectivo ninguna remuneración a favor de las demandantes.
Mostrando 33 de 66 parrafos.