Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 168 Sucre 19 de mayo de 2005
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Sandra Almanza R. por Mauricio Gonzáles Sfeir y otro c/
Pablito Jorge Barrientos Parada y otros.
Falsedad ideológica y otro.
VISTOS: los recursos de casación de fojas 248 a 250 y 254 interpuestos por Sandra Almanza R. en representación de Mauricio Gonzáles Sfeir y David Horgan, respectivamente impugnando el Auto de Vista Nº 64 de 22 de marzo de 2005 de fojas 231 a 232 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes contra Pablito Jorge Barrientos Parada, Milton Ardaya Domínguez y Orlando Jordán Arredondo, por los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, previstos y sancionados por los artículos 199 y 203 del Código Penal.
CONSIDERANDO:que para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; es decir, que el recurrente debe interponer el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista respectivo, precisar los hechos similares y establecer la incongruencia de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
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