Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0168/2007

Tribunal Supremo de Justicia
15 de marzo de 2007Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2007

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 356/02

AUTO SUPREMO Nº 168 - Social Sucre, 15 de marzo de 2007.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Zarela Suárez Román c/ FRIANDISE Ltda.

= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

VISTOS: El recurso de casación de Fs. 62-63 interpuesto por Friandise Ltda., representada por Ingrid Peralta Mansilla y Roberto Daniel Velásquez, en su condición de gerentes generales de la empresa, del auto de vista No. 179 de Fs. 58, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso laboral seguido por Zarela Suárez Román contra la recurrente, por cobro de reintegro de beneficios sociales; los antecedentes del proceso, lo alegado por las partes, y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la sentencia de Fs. 44-45, complementada a Fs. 46 Vlta. con relación a la condena en costas; por la que declara probada la demanda, ordenando que la empresa demandada Friandise Ltda., representada por Ingrid Peralta Mansilla y Roberto Velásquez reintegre los beneficios sociales de la demandada de acuerdo a la liquidación que sigue, en un monto de Bs. 5.820,42; comprendiendo los conceptos de indemnización, desahucio, vacación, horas extras, prima y sueldo de 10 días.

Apelada la sentencia, por la demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz dictó el auto de vista No. 179 de Fs. 58, por el que confirma la sentencia en todas sus partes, con costas.

Auto de vista que motivó el recurso de casación que se pasa a examinar.

CONSIDERANDO II: Que el recurso de Fs. 62-63, interpuesto por la empresa demandada de breve extensión está restringido en su contenido a una relación del proceso a partir de la demanda y a un análisis de la prueba ofrecida de descargo, supuestamente no valorada por los de instancia además de la limitaciones que se le impusieron en la producción de la misma, sin acusar específicamente norma alguna en que se funde lo alegado.

Mostrando 11 de 21 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Zarela Suárez Román
Demandado
FRIANDISE Ltda.
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia15 de marzo de 2007AS/0168/2007Fuente oficial