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TSJ

AS/0168/2024

Tribunal Supremo de Justicia
19 de junio de 2024PlenaMag. José Antonio Revilla Martinez
Proceso
Homologación de Sentencia.
Sala
Plena
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PLENA

AUTO SUPREMO Nº

: 168/2024

EXPEDIENTE Nº

: 50/2019 HSENT.

PROCESO

: Homologación de Sentencia.

DEMANDANTE

: Carmen Morales Vega.

DEMANDADO

: Marco Schminke.

MAGISTRADO TRAMITADOR

: José Antonio Revilla Martínez.

FECHA

: 19 de junio de 2024

VISTOS: La solicitud de Homologación de Sentencia de Divorcio de 27 de octubre de 2016, emitida en el extranjero por el Juez de Primera Instancia 16 de Han. Münden, Alemania, presentada por Carmen Morales Vega representada por Nilda Patricia Ortuste Gonzáles, contra Marco Schminke de fs. 50, el INFORME Nº 61/2024-SCTRIA-SP-TSJ, de fs. 178, emitido por Secretaría de Sala Plena; y todo lo inherente al presente proceso:

CONSIDERANDO I:

Que la inactividad procesal, como uno de los modos de extinción del proceso, opera cuando la parte actora abandona el trámite del juicio, sin haber efectuado actos de procedimiento que le incumben, para dar movimiento al proceso y dentro de los plazos legales previstos por la normativa procesal aplicable; actos que por su naturaleza, son aquellos que instan al desarrollo del proceso, produciendo resultados legales y efectivos a cargo necesariamente de la parte demandante por corresponderle según el estado del trámite; puesto que, su dejadez ocasiona la paralización inevitable del proceso, si no son realizados en su oportunidad y dentro de los plazos que prevé el procedimiento, circunstancia que impone al órgano jurisdiccional competente para que, en ejercicio de la potestad que emana de la Ley, declare la extinción del trámite por el abandono en que incurre la parte demandante; al ser una obligación de los Jueces y Tribunales de concluir en alguna de las formas que prevé la Ley, los procesos judiciales sometidos a su conocimiento.

En ese contexto, se tiene que, en el presente proceso de Homologación de Sentencia de divorcio, por providencia de 9 de julio de 2019, de fs. 53, se dispuso la admisión de la solicitud y la citación de Marco Schminke, mediante Exhorto Suplicatorio; asimismo, que por memorial de 28 de agosto de 2023, de fs. 161, la impetrante solicita el desglose de las piezas procesales cursantes de fs. 147 a 156 de obrados, entre los cuales se encontraba el Exhorto Suplicatorio de 17 de enero de 2020, conforme Acta de desglose visible a fs. 164 de 11 de septiembre de 2023, aspecto que se constituye en la última actuación procesal, sin que hasta la fecha se hubiese desplegado los actos necesarios para su comunicación, aspecto que se encuentra corroborado por el Informe Nº 61/2021-SCTRIA-SP-TSJ de 7 de junio, de fs. 178, emitido por Secretaría de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.

En consecuencia, bajo el apercibimiento expuesto en la parte in fine de la providencia de fs. 53, que señala: “…por Secretaría de Sala Plena, líbrese el correspondiente exhorto suplicatorio, debiendo la parte interesada, coadyuvar con el diligenciamiento de la comisión judicial, ya dispuesta.”, la inercia en el que incurrió la solicitante, durante más de un mes, da a lugar a la EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD DEL PROCESO, de conformidad al núm. 1, parágrafo I del art. 247 del Código Procesal Civil (CPC-2013).

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Datos del proceso

Demandante
Carmen Morales Vega.
Demandado
Marco Schminke.
Proceso
Homologación de Sentencia.
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez
Tribunal Supremo de Justicia19 de junio de 2024AS/0168/2024Fuente oficial