Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 170
Sucre: 30 de abril de 2013
Expediente: SC-19-08-S
Proceso: Reivindicación, desocupación, entrega de habitación y otros.
Partes: Florencia Parra Muñoz c/ Máximo Gutiérrez Fernández.
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
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VISTOS: el recurso de casación en el fondo interpuesto por Máximo Gutiérrez Fernández de fojas 281 a 282 vuelta, contra el Auto de Vista de 5 de noviembre de 2007 pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro el proceso sobre reivindicación, desocupación y entrega de habitación, pago de daños y perjuicios seguido por Florencia Parra Muñoz contra el recurrente, la respuesta de fojas 284 vuelta, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO: que, el Juez Onceavo de Partido en materia Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz pronunció la Sentencia Nº 74 de 14 de marzo de 2007 (fojas 247 a 251), declarando probada en parte la demanda sobre reivindicación, desocupación y entrega de lote e improbada en cuanto al pago de daños y perjuicios, e improbada la reconvención, en cuyo mérito ordena la desocupación de la porción del lote que ocupa el demandado, sin constas.
CONSIDERANDO: que, el demandado Máximo Gutiérrez Fernández en su recurso de casación en el fondo de 14 de diciembre de 2007 (fojas 281 a 282 vuelta), citando el artículo 253 numeral 3) del Código de Procedimiento Civil, acusa que: no ha estado usufructuando indebidamente la parte del terreno que pretende la demandante, es más ha sido objeto de varios préstamos; la demandante tapó la habitación; no han sido valorados sus títulos de propiedad; el lote baldío que menciona la demandante es el lote que compró; le negaron la apertura de un término probatorio conforme determina el artículo 233 inciso 4) del Código de Procedimiento Civil.
CONSIDERANDO: que, del análisis y cotejo del recurso de casación en el fondo se llega a las siguientes conclusiones:
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