Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0173/2009

Tribunal Supremo de Justicia
20 de mayo de 2009PlenaMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Contencioso Administrativo
Sala
Plena
Año
2009

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 173/2009

EXP. N°: 411/2008

PROCESO: Contencioso Administrativo

PARTES: Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos representada por Orlando Omar Palacios Terrazas contra el Superintendente General del Sistema de Regulación Sectorial SIRESE.

FECHA: 20 de mayo de 2009.

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa presentada por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos representada por Orlando Omar Palacios Terrazas, por la que impugna la Resolución Administrativa N° 1707 de 25 de marzo de 2008, pronunciada por el Superintendente General del Sistema de Regulación Sectorial SIRESE, el informe del Ministro Tramitador Teófilo Tarquino Mújica y;

CONSIDERANDO: Que admitida la demanda con providencia de 7 de agosto de 2008, se dispuso la citación de la autoridad demandada; sin que a partir de esa fecha se apersonara el actor a proveer los recaudos correspondientes instando así la prosecución del proceso; en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA la perención por abandono.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Mostrando 10 de 19 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Criterio

se dispuso la citación de la autoridad demandada; sin que a partir de esa fecha se apersonara el actor a proveer los recaudos correspondientes instando así la prosecución del proceso; en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.

Datos del proceso

Demandante
Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos representada por Orlando Omar Palacios Terrazas
Demandado
el Superintendente General del Sistema de Regulación Sectorial SIRESE.
Proceso
Contencioso Administrativo
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Contencioso Administrativo / Extinción del proceso / Perención de instancia
Tribunal Supremo de Justicia20 de mayo de 2009AS/0173/2009Fuente oficial