Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Expediente Nº 76/06
AUTO SUPREMO Nº 175 - Reclamación Sucre, 12 de abril de 2008.
DISTRITO: La Paz
PARTES: Donald Olmos Becerra c/ Caja Nacional de Salud
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 150-152, interpuesto por José Álvaro Cristian Carranza Urriolagoitia, Director a.i. de la Caja Nacional de Salud, contra el auto de vista Nº 53/06 SSA-III de 9 de marzo de 2006, cursante a fs. 146, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso administrativo de reembolso de gastos médicos seguido por Donald Olmos Becerra contra el Directorio de la Caja Nacional de Salud, el dictamen fiscal de fs. 166, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso el Directorio de la Caja Nacional de Salud emite la Resolución de Directorio Nº 079/2004 de 11 de octubre de 2004, cursante a fs. 64-65, por el que se CONFIRMA la Resolución Nº 086 de 23 de enero de 2004 de la Comisión Nacional de Prestaciones, que revocó la Resolución Nº 488-A de 27 de agosto de 2003 dictada por la Comisión de Prestaciones de la Administración Regional de Santa Cruz, en consecuencia, improcedente la solicitud interpuesta por Gaby Yolanda Paz esposa del asegurado Donald Olmos Becerra sobre reembolso de gastos por compra de medicamentos fuera de Vademécum de la Institución y la Lista Nacional de Medicamentos Esenciales, conforme disponen los arts. 55 de la Ley de Medicamento Nº 1737 y 1º de la Resolución Ministerial Nº 0355 de 3 de julio de 2004.
En grado de apelación deducida por el asegurado, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz pronunció el auto de vista Nº 53/06 SSA-III de 9 de marzo de 2006, cursante a fs. 146, que REVOCA la Resolución de Directorio Nº 079/2004 de 11 de octubre de 2004, disponiendo el reembolso de Bs. 17.039,29, a Favor del asegurado Donald Olmos Becerra, y sea conforme a ley.
Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 150-152, interpuesto por el representante legal de la Caja Nacional de Salud, expresando en forma incongruente que se han vulnerado los arts. 55 de la Ley Nº 1737 de 17 de diciembre de 1996 y 1º de la Resolución Ministerial Nº 0355 de 3 de julio de 2003, por lo que solicita la casación y/o alternativamente la nulidad del auto de vista, disponiendo se mantenga firme y subsistente la Resolución de Directorio Nº 079/2004 de 11 de octubre de 2004.
CONSIDERANDO II: Así expuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a los antecedentes del proceso, de donde se tiene:
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