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TSJ

AS/0176/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
26 de marzo de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Usucapión.
Sala
Civil
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 176/2018-RA

Sucre: 26 de marzo de 2018

Expediente: O – 3 – 18 – S

Partes: José Manuel Rojas Cisneros c/ Víctor Hugo Avilés Cisneros y otra.

Proceso: Usucapión.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 445 a 452 vta., interpuesto por José Manuel Rojas Cisneros contra el Auto de Vista Nº 217/2017 de 14 de noviembre, cursante de fs. 436 a 442, pronunciado por la Sala Civil y Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso de Usucapión seguido por el recurrente contra Víctor Hugo Avilés Cisneros y Sofía Rocío Yañez de Avilés, la concesión de fs. 458, y todo lo inherente.

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 40/2016 de fecha 13 de julio, cursante de fs. 367 a 371, que declaró: I.- IMPROBADA la pretensión de usucapión decenal o extraordinaria cursante de fs. 80 a 81 de obrados, II.- PROBADA la pretensión procesal de reivindicación cursante a fojas 221-223 de obrados, deducida por Víctor Hugo Avilés Cisneros y Sofía Rocío Yañez Gonzales, concediendo el plazo de 30 días para que José Manuel Rojas Cisneros restituya el inmueble a sus propietarios Víctor Hugo Avilés Cisneros y Sofía Rocío Yañez Gonzales, especificando, las colindancias y características de dicho inmueble, bajo alternativa de desapoderamiento. Sin condena costas por la doble relación jurídica procesal; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante, fue resuelto por Auto de Vista Nº 217/2017 de 14 de noviembre, cursante de fs. 436 a 442, que CONFIRMA la Sentencia; fallo de segunda instancia que es recurrido de casación por el demandante, que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

Conforme a lo previsto en el art. 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia plena del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en el marco del art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:

II.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible

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Datos del proceso

Demandante
José Manuel Rojas Cisneros
Demandado
Víctor Hugo Avilés Cisneros y otra.
Proceso
Usucapión.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia26 de marzo de 2018AS/0176/2018-RAFuente oficial