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TSJ

AS/0177/2021-RA

Tribunal Supremo de Justicia
26 de mayo de 2021Penal
Proceso
Falsificación de documento privado
Sala
Penal
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 177/2021-RA

Sucre, 26 de mayo de 2021

Expediente : Potosí 21/2020

Parte Acusadora : Ministerio Público y Claudio Richard Caballero Ovando

Parte Imputada : Jesusa Delia Zegarra Choque

Delito : Falsificación de documento privado

RESULTANDO

Por memoriales presentados el 16 de julio de 2020, cursantes de fs. 109 a 113 vta., Claudio Richard Caballero Ovando, interpone recursos de casación, impugnando el Auto de Vista 38/2020 de 01 de julio de 2020, de fs. 83 a 85, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Jesusa Delia Zegarra Choque, por la presunta comisión del delito de Falsificación de documento privado y Uso de instrumento falsificado, previsto y sancionado por el art. 200 y 2003 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

a) Por Resolución de Excepción de Prescripción de la Acción Penal, de fecha 03 de julio de 2017 (fs. 51 a 56 vlta.), el Juzgado de Instrucción en lo Penal Primero del Tribunal Departamental de Potosí, declaró infundada la Excepciones de Prescripción planteada por la defensa de la acusada Jesusa Delia Zegarra Choque, con expresa condenación en costas y los efectos legales previstos en el Art. 315 parg. IV del CPP que fueron modificados por Ley 586.

b) Contra la referida Resolución, la acusada interpuso recurso de apelación incidental (fs. 59 a 67), resuelto por el Auto de Vista de 01 de julio de 2020, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que admitió el recurso de apelación incidental interpuesta y declaró procedente el recurso.

c) Por diligencias de 9 de julio de 2020 (fs. 86), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 16 del mismo mes y año, interpuso recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. SOBRE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

Luego de efectuar una relación de lo dispuesto en la resolución de fecha 01 de julio de 2020, el recurrente alega que no obstante de existir normas de orden público y de cumplimiento obligatorio, no resulta coherente lo señalado por el Tribunal de alzada en sentido de que existiría contradicción en la parte resolutiva debido a que señalan que se acredita o justifica los elementos de prueba que serían la denuncia y la imputación por cuanto, es exigible en el planteamiento de la excepción de prescripción, el ofrecimiento de prueba idónea y pertinente para ser considerada y resuelta, cuyo incumplimiento genera su rechazo, conforme lo determinó la Resolución de 03 de julio de 2017, motivando su rechazo.

En ese sentido, el recurrente cuestiona porqué el legislador hace leyes que deben ser cumplidas, cuando los operadores de justicia son los primeros en descartarlas, haciendo alusión a la obviedad efectuada de ese requisito por el Tribunal de apelación que alega incurrió en errónea valoración. Invoca los Autos Supremos 568/2015 de 04 de septiembre de 2015, 632 de 23 de agosto de 2016, SC. 0413/2015-S1 de 30 de abril, S. C. 1208/2003 de 26 de agosto, manifestando que no sólo el transcurso de tiempo debe ser valorado, sino el cumplimiento procesal de la presentación de la prueba idónea y pertinente que sustente y respalde la pretensión.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Claudio Richard Caballero Ovando
Demandado
Jesusa Delia Zegarra Choque
Proceso
Falsificación de documento privado
Tribunal Supremo de Justicia26 de mayo de 2021AS/0177/2021-RAFuente oficial