Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 177
Sucre, 25 de marzo de 2024
Expediente: 17-2024
Demandante: Carlos Fermín Salguero Montero
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Pando
Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación de fs. 130 a 131 vta., interpuesto por los apoderados legales del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija contra el Auto de Vista Nº 118/2023 de 08 de noviembre de fs. 122 a 123., emitido por la Sala Civil, Social, Familiar, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso de pago de beneficios sociales, que sigue Carlos Fermín Salguero Montero, contra la entidad recurrente; el Auto N° 392/23 de 13 de diciembre de 2023 de fs. 135, que concedió el recurso sin la contestación al recurso planteado; el Auto de 12 de enero de 2024 de fs. 145, que admitió el recurso de casación; los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso.
Sentencia.
Tramitado el proceso Laboral por pago de salario, el Juez de Trabajo y Seguridad Social N° 1 de la ciudad de Cobija, emitió la Sentencia N° 148/2022 de 26 de octubre, de fs. 93 a 94 vta., que declaró PROBADA la demanda de fs. 15, disponiendo que el representante del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, cancele en favor del actor la suma de Bs. 4.700,00 por concepto de pago de salario devengado, conforme la liquidación inserta en su texto.
I.2. Auto de Vista.
Contra dicha sentencia, la entidad demandada de fs. 101 a 102, interpuso recurso de apelación; resuelto por Auto de Vista Nº 118/2023 de 08 de noviembre de fs. 122 a 123, emitido por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.
I.3.- Motivos del Recurso de Casación.
Dentro el plazo previsto por ley, el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija de fs. 130 a 131 vta., interpuso recurso de casación, acusando las siguientes infracciones:
1°. Acusa violación del Art. 108 de la Constitución Política del Estado.
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