Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 178
Sucre, 08 de junio de 2016
Expediente : 57/2016-S
Demandante : Noelia Caballero Zelada
Demandado : Empresa “Viajes Espacial SRL”
Materia : Beneficios Sociales
Distrito : La Paz
Magistrado Relator : Dr. Jorge Isaac von Borries Méndez
VISTOS: El recurso de nulidad o casación interpuesto por la empresa “Viajes Espacial SRL” representada legalmente por Edgardo Raúl Ricardo Bergamaschi Lottatori a través de su apoderado César Fernando López Videla Montecinos, de fs. 221 a 224, contra el Auto de Vista N° 140/15 de 16 de noviembre, de fs. 214 a 215, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; en la demanda de pago de beneficios sociales interpuesta por Noelia Caballero Zelada contra la empresa “Viajes Espacial SRL”; la respuesta al recurso de casación de fs. 226 a 230; el Auto No 29/2016 a fs. 231; de 4 de febrero, cursante a fs. 231 que concedió el recurso; los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y tramitado el proceso, la Jueza Tercera de Partido del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Sentencia No 11/2015 de 7 de enero, cursante de fs. 186 a 189, donde declara probada en parte la demanda de fs. 5 a 9; disponiendo que la empresa demandada cancele a favor de la actora, la suma de Bs.7.491,18.- (siete mil cuatrocientos noventa y uno 18/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales adeudados, incluida la multa dispuesta por el art. 9 del Decreto Supremo (DS) No 28699 de 1 de mayo de 2006, que se liquidará al momento de ejecución de fallos.
I.1.2. Auto de Vista
En conocimiento de esta determinación, la demandante Noelia Caballero Zelada representada por Edmundo Anaya Mendizábal, interpuso recurso de apelación de fs. 192 a 195; mismo que fue resuelto a través del Auto de Vista N° 140/15 de 16 de noviembre, cursante de fs. 214 a 215, emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; confirmando en parte la Sentencia emitida en primera instancia, cuantificando la suma de Bs.33.652,03.- (treinta y tres mil seiscientos cincuenta y dos 03/100 bolivianos), como beneficios sociales adeudados a la demandante.
I.2. Motivos de los recursos de casación
En conocimiento del señalado Auto de Vista, la parte demandada, formula recurso de casación en el fondo, de fs. 221 a 224, señalando lo siguiente:
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