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TSJ

AS/0178/2020-RA

Tribunal Supremo de Justicia
6 de marzo de 2020Civil
Proceso
Anulabilidad de compraventa.
Sala
Civil
Año
2020

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 178/2020-RA.

Fecha: 06 de marzo de 2020

Expediente: LP-27-20-S.

Partes: Jimena Silva Hurtado c/ Yolanda Silva Guzmán.

Proceso: Anulabilidad de compraventa.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 1512 a 1518 vta., interpuesto por Jimena Silva Hurtado, impugnando el Auto de Vista Nº 685/2019 de 8 de noviembre, de fs. 1507 a 1509 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de anulabilidad de compraventa seguido por la recurrente contra Yolanda Silva Guzmán, la contestación cursante de fs. 1524 a 1526 vta., el Auto de concesión de 14 de febrero de 2020 a fs. 1528; todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Jimena Silva Hurtado mediante memoriales cursantes de fs. 67 a 73 vta., 79 a 80 demandó anulabilidad de compraventa, acción dirigida contra Yolanda Silva Guzmán, quien una vez citada mediante sus representantes legales Rogelio y Silvia Silva Guzmán se apersonó a la demandada, contestó negativamente, interpuso excepciones por prescripción, reconvino, planteó reivindicación, acción negatoria, desocupación, entrega del bien inmueble más pago de daños y perjuicios mediante escritos cursantes de fs. 1084 a 1093 y 1095 a 1096 vta., desarrollado de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 179/2019 de 22 de agosto de 2019 cursante de fs. 1409 a 1416, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 17 de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda interpuesta por Jimena Silva Hurtado y PROBADA en parte la reconvencional.

2. Resolución de primera instancia apelada por Jimena Silva Hurtado mediante memorial cursante de fs. 1485 a 1489, originando que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emita el Auto de Vista Nº 685/2019 de 8 de noviembre de 2019 cursante de fs. 1507 a 1509 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 179/2019 cursante de fs. 1409 a 1416. Con costas.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Jimena Silva Hurtado, mediante memorial cursante de fs. 1512 a 1518 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado por el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también su legalidad; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio, en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que, al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, deben ser analizados ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico haciendo una interpretación integral de los arts. 271 al 274 del Código Procesal Civil, concluyéndose que los requisitos a ser analizados son que la resolución admita recurso de casación, el plazo de interposición del recurso, la legitimación procesal para impugnar y el contenido o expresión de reclamos en el recurso de casación.

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Datos del proceso

Demandante
Jimena Silva Hurtado
Demandado
Yolanda Silva Guzmán.
Proceso
Anulabilidad de compraventa.
Tribunal Supremo de Justicia6 de marzo de 2020AS/0178/2020-RAFuente oficial