Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 178/2020
Sucre, 9 de marzo de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 447/2019
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 251 a 253 vlta., interpuesto por Percy Fernández Añez, Alcalde Municipal de Santa Cruz contra el Auto de Vista de 18 de abril de 2019, pronunciado por la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales y derechos laborales, seguido por Dora Ríos Gallardo, el Auto de 3 de octubre de 2019, que concedió el recurso (Fs.259), el Auto N° 456/2019-A de 20 de noviembre que admitió el recurso (Fs. 267y vlta.), los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso.
Dora Ríos Gallardo, en su escrito de fs. 16 y vlta., demanda pago de beneficios sociales y derechos laborales. La Juez Segundo de Partido del Trabajo, Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de 11 de diciembre de 2013 cursante a fs. 18, admite la demanda y corre traslado a la parte contraria, quien por escrito de fs. 63 a 65 vlta., formula excepción previa de impersonería en el demandado y por escrito de fs. 67 a 69, contesta la demanda, negando sus extremos. Por auto de 4 de julio de 2014 cursante a fs. 111, la Juez declara improbada la excepción de impersonería sin costas, el cual es confirmado por Auto de 19 de noviembre de 2014 de fs. 151 y vlta.
Cumplidas las formalidades procesales, la Juez emitió la Sentencia Nº 27 de 21 de octubre de 2016, cursante de fojas 178 a 181 vlta., que declara PROBADA la demanda interpuesta por Dora Ríos Gallardo de fs. 16 a 16 vlta., sin costas, ordenando a la Alcaldía Municipal de Santa Cruz de la Sierra, hoy Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz, representada por Percy Fernández Añez, para que a tercero día de su legal notificación, pague a la demandante el monto de beneficios sociales siguientes:
Desahucio:
3 MESES (3,921,78)
11.765,34
Indemnización:
Por 6 años
23.530,68
Por 11 meses
3.594,52
Vacación:
20 días
2.614,52
Total
43.505,50
Multa 30%
13.051,65
Total
56.557,15
I.2. Auto de Vista.
Deducido el recurso de apelación, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 60 de 18 de abril de 2019 de fs. 248 y vlta, revoca parcialmente la sentencia apelada y declara PROBADA EN PARTE la demanda, solo en lo pertinente al pago de la vacación y la multa del 30% e IMPROBADA respecto a las demás pretensiones.
I.3. Motivos del recurso de casación.
Habiendo sido notificado Percy Fernández Añez, con el Auto de 18 de abril de 2019, el 3 de septiembre de 2019, según consta a fs. 250 de obrados, plantea recurso de casación en la forma y en el fondo, de acuerdo a los siguientes términos:
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