Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 179/2019.
FECHA: Sucre, 27 de noviembre de 2019.
EXPEDIENTE Nº: 44/2019.
PROCESO: Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada.
PARTES: Fructuoso Cuellar Serrano contra la Sentencia Nº 27/2016 de fecha 10 de octubre de 2016.
MAGISTRADO TRAMITADOR: Juan Carlos Berrios Albizu.
VISTOS EN SALA PLENA: El Recurso de Revisión de Sentencia Penal presentado por Fructuoso Cuellar Serrano (fs. 85-95), emergente del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por el delito de lesión seguida de muerte, los antecedentes del proceso.
CONSIDERANDO I: El impetrante formula su recurso al amparo del numeral 2 del artículo 421 del Código de Procedimiento Penal (CPC), señala que Susy Lovera Oria y Carolina Canapayo, testigos de cargo del Ministerio Público, fueron declaradas autoras y culpables del delito de falso testimonio, fallos condenatorios que se encuentran ejecutoriados, por lo que solicita la admisión del presente recurso y se resuelva anular la sentencia impugnada, disponiendo un nuevo juicio.
En la interposición del presente recurso, relata que fue condenado como autor del delito de lesión seguido de muerte, en base a las declaraciones de Susy Lovera Orias y Carolina Canapayo, la primera, quien manifestó haber visto una pelea entre la víctima y el recurrente, provocándole la muerte al caer al suelo y golpear su cabeza producto de un golpe de puño; la segunda, quien presencio que como se pateaba al fallecido.
Añade, que además de las declaraciones de Susy Lovera Orias y Carolina Canapayo, no existe prueba alguna que incrimine al recurrente como autor del delito de lesión seguida muerte, que no existe elemento objetivo que tenga relación con su comportamiento a efectos de que se califique como conducta de lesión a la víctima, y que no existe un solo elemento de prueba que determine, que fue quien ataco o golpeo al occiso.
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