Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 180/2017-RA
Sucre, 20 de marzo de 2017
Expediente : Santa Cruz 8/2017
Parte Acusadora : Antonio Gunnar Pareja Pareja
Parte Imputada : Herbert Berno Tito y otros
Delitos : Despojo y otro
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 18 de agosto y 20 de septiembre ambos de 2016, cursantes de fs. 448 a 450 y 458 y vta., Herbert, Armando y Gloria, de apellidos Berno Tito, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 39 de 15 de junio de 2016, de fs. 431 a 436, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Antonio Gunnar Pareja Pareja, contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 351 y 357 del Código Penal (CP), respectivamente.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 04/15 de 2 de febrero de 2015 (fs. 389 a 399 vta.), el Juez Octavo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Herbert, Armando y Gloria, de apellido Berno Tito, absueltos de responsabilidad y pena por los delitos de Despojo y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 351 y 357 del CP.
b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Antonio Gunar Pareja Pareja, formuló recurso de apelación restringida (fs. 407 a 409 vta.), resuelto por Auto de Vista 39 de 15 de junio de 2016, que declaró procedente el citado recurso y anuló totalmente la Sentencia apelada, ordenando la reposición del juicio por otro Juez de Sentencia llamado por ley.
c) Por diligencias de 11 de agosto y 14 de septiembre de 2016 (fs. 438, 456 y 457), fueron notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista; y, el 18 de agosto y 20 de septiembre del mismo año, interpusieron los recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De la revisión de los memoriales de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
II.1. Recurso de Casación de Herbert Berno Tito.
El recurrente alega que llama la atención la forma de resolver del Auto de Vista impugnado en cuanto a la valoración defectuosa de la inspección ocular, que demostró que los imputados están en posesión de los terrenos no así el querellante, existiendo plena prueba de ello desde el inicio del juicio oral hasta su finalización, no habiendo probado la víctima, la violencia, amenazas o engaño que exige el delito de Despojo, ni ejercido su derecho propietario por muchos años.
Refieren que el Despojo se configura cuando se ingresa a un inmueble con violencia física o moral, ingresando al inmueble, permaneciendo en él y expulsando a los ocupantes, que en el caso se han omitido analizar estos elementos que configuran el delito, siendo que su ingreso fue en forma pacífica y que los documentos de propiedad del demandante están cuestionados cuando lo correcto era instaurar interdictos de recobrar la posesión y de mejor derecho propietario. Cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 197/2013 de 11 de julio.
II.2. Recurso de Casación de Armando Berno Tito y Gloria Berno Tito.
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