Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: 181 Sucre, 25 de marzo de 2009
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES: Roberto Emilio Valda Valda c/ Guido Humberto Valda Cortez, Jorge Maldonado Gonzáles y Maribel Salazar Liceras,
Falsificación de Documento Privado, Apropiación Indebida y Abuso de Confianza
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Sucre, 25 de marzo de 2009
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Guido Humberto Valda Cortez, Jorge Maldonado Gonzáles y Maribel Salazar Liceras, impugnando el Auto de Vista Nº 25/2005 de 04 de febrero de 2005 emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro el proceso penal seguido por Roberto Emilio Valda Valda contra los recurrentes, por los delitos de falsificación de documento privado, apropiación indebida y abuso de confianza, tipificado en los artículos 200, 345 y 346 del Código Penal, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO: Que, en la fase del plenario los procesados solicitaron en la vía incidental la extinción de la acción penal por vencimiento máximo de duración del proceso(fojas 210 a 212), el mismo que por su naturaleza jurídica, constituye un incidente de previo y especial pronunciamiento, en mérito a ello conforme determina la Sentencia Constitucional Nº 0101/2004 de 14 de septiembre de 2004 y la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, previo los trámites de rigor se declaró extinguida la acción penal y se dispuso el archivo de obrados, por Auto de l8 de octubre de 2004 pronunciado por el juzgado de partido de la provincia Hernando Siles.
Resolución que fue apelada por el apoderado de la parte demandante amparándose en el artículo 281-1) del Código de Procedimiento Penal de 1972 y 403-6) de la Ley 1970. La Sala Penal Primera de la Corte Superior de Chuquisaca por Auto de Vista Nº 25/2005 de 04 de febrero de 2005 revoca la resolución de extinción de la acción penal dictada por el juez a-quo. La presente resolución, motivó a los demandados Guido Humberto Valda Cortez, Jorge Maldonado Gonzáles y Maribel Salazar Liceras interponer el recurso de casación de (fojas 2 a 3) interposición que fue concedida el 28 de febrero de 2005 y remitida ante esta Corte Suprema de Justicia.
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