Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0181/2014

Tribunal Supremo de Justicia
16 de junio de 2014Social 1era LiquidadoraMag. Carmén Nuñez Villegas
Proceso
Sala
Social 1era Liquidadora
Año
2014

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

AUTO SUPREMO Nº 181/2014

Sucre, 16 de junio de 2014

EXPEDIENTE:        S.752/2009

DISTRITO:                 La Paz

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 179 a 181, interpuesto por Joaquín Efraín Chávez Rojas, en representación de la empresa ORTODENT, del Auto de Vista Nº 213/09, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales y otros, seguido por Rita Choquehuanca Chambi, contra el recurrente, el memorial de contestación de fojas 183, el Auto de concesión del recurso de fojas 183 vuelta, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido Sexto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 12/2008 de 26 de enero de 2008 (fojas 142 a 144), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 11 a 12, disponiendo en consecuencia que el Consultorio Dental ORTODENT de propiedad de Joaquín Efraín Chávez Rojas, cancele a favor de la actora, la suma de Bs. 5.422,82 de acuerdo con el detalle siguiente:

Tiempo de servicios:        1 año, 8 meses y 9 días

Salario indemnizable:        Bs. 550,00

Indemnización:        Bs.        930,40

Desahucio:        Bs.        1.650,00

Aguinaldo (duodécimas):        Bs.        247,00

Vacación:        Bs.        348,00

Pago 9 cirugías:        Bs.        630,00

Horas extra:        Bs.        366,00

Multa por incumplimiento (30%):        Bs.        1.251,42

TOTAL        Bs.        5.422,82

Dispone asimismo que en ejecución de fallos, el monto señalado será objeto de actualización conforme a ley.

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 213/09 de 18 de septiembre de 2009 (fojas 176 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, CONFIRMÓ la Sentencia apelada (fojas 142 a 144).

Que, del referido Auto de Vista, Joaquín Efraín Chávez Rojas, propietario del Consultorio Dental ORTODENT, interpuso el recurso de casación de fojas 179 a 181, en el que se expresa lo siguiente:

Argumenta que el Tribunal de Alzada, al emitir el Auto de Vista impugnado, no realizó un adecuado análisis del proceso, señalando que en virtud del principio de inversión de la carga de la prueba, corresponde al empleador desvirtuar las pretensiones de la actora, quien no fue despedida, sino que ella misma manifestó su deseo de retirarse, pero no consideró que los artículos 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo señalan: “…sin perjuicio de que el actor aporte las pruebas que crea conveniente…”

Mostrando 20 de 40 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Magistrado relator
Carmén Nuñez Villegas
Tribunal Supremo de Justicia16 de junio de 2014AS/0181/2014Fuente oficial