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TSJ

AS/0182/2014

Tribunal Supremo de Justicia
26 de junio de 2014Social 1eraMag. Pastor Segundo Mamani Villca
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Auto Supremo Nº 182

Sucre, 26 de junio de 2014

Expediente: 2/2014-S

Demandante: Alejandro Alberto Aguilar Carvajal

Demandada: COMIBOL

Distrito : La Paz

Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

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VISTOS: El recurso de casación interpuesto por José Ariel Mauricio Aguilar Aguilar en representación de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) de fs. 292 a 293, contra el Auto de Vista Nº 78/2013 de 20 de junio, (fs. 282 a 283) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social por Reincorporación seguido por Alejandro Alberto Aguilar Carvajal contra COMIBOL; la respuesta a fs. 295; el auto a fs. 296 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I

I.ANTECEDENTES DEL PROCESO

I.1 Sentencia

Tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 93/2010 de 5 de noviembre, cursante de fs. 238 a 240, por la que declaró probada en parte la demanda y su aclaración a fs. 104 e improbada la excepción de prescripción, sin costas, disponiendo que la entidad demandada proceda a la reincorporación del trabajador a las funciones que ocupaba a momento del despido y por otra ordenó se pague sueldos devengados en ejecución de fallos, en la suma de Bs.20.143,16.- (Veinte mil ciento cuarenta y tres 16/100 Bolivianos).

I.2 Auto de Vista

Interpuesto los recursos de apelación por el demandante y demandado de fs. 250 a 252, y fs. 257 a 259 respectivamente; mediante Auto de Vista 78/2013 de 20 de junio, (fs. 282 a 283) la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dispone revocar en parte la Sentencia Nº 93 de 5 de noviembre de 2010 de fs. 238 a 240 de obrados, en consecuencia declarar probada la demanda de fs. 101 a 102 que fuera aclarada a fs. 104; e improbada la excepción de prescripción, disponiendo además la reincorporación del trabajador a las funciones que ocupaba a momento de su despido, el pago de sus sueldos devengados hasta el momento de su reincorporación, debiendo ser calculado en ejecución de fallos. Sin costas por ser ambas partes apelantes.

I.3 MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Alejandro Alberto Aguilar Carvajal
Demandado
COMIBOL
Magistrado relator
Pastor Segundo Mamani Villca
Tribunal Supremo de Justicia26 de junio de 2014AS/0182/2014Fuente oficial