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TSJ

AS/0183/2007

Tribunal Supremo de Justicia
28 de marzo de 2007Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2007

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 420/02

AUTO SUPREMO Nº 183 - Social Sucre, 28 de marzo de 2007.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Narciso Arce Palle y otros c/ Honorable Alcaldía Municipal de la Paz

= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = VISTOS: El recurso de casación de Fs. 78-80 interpuesto por la Alcaldía Municipal de La Paz, representada por su apoderado legal Guillermo Rocha Pizarro, del auto de vista No. 299/01-SSA-I de Fs. 74, dictado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso laboral seguido por Narciso Arce Palle y otros contra la Alcaldía Municipal recurrente; por reconocimiento y pago de beneficios sociales por despido; los antecedentes del proceso, lo alegado por las partes, el dictamen fiscal de Fs. 83-84, y

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la sentencia No. 09/2000 Fs. 54-56 por la que declara probada la demanda, con derecho a los beneficios sociales demandados, indemnización, aguinaldo y vacación; de acuerdo a la liquidación individualizada inserta, disponiendo que la Alcaldía demandada pague a Narciso Arce, Ascensio Gutiérrez, Francisco Condori Santalla y Alfonso Mendoza Villca las sumas de Bs.8 682,49; 8.682,49; 5.404,66 y 6.452,00; respectivamente.

Apelada la sentencia, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dictó el auto de vista No. 299/01-SSA-I de Fs. 74 por el que, de acuerdo con el dictamen fiscal de Fs. 73, confirma la sentencia en todas sus partes.

Auto de vista que motivó el recurso de casación de la Comuna demandada, que se pasa a examinar.

CONSIDERANDO II: Que, el aludido recurso de Fs. 78-80 se limita a efectuar una relación tanto del proceso como de la que se dio entre las partes, a través de contratos de trabajo de plazo fijo, sucesivos; reclamando por el no conocimiento y resolución de la prescripción planteada; con profusión de citas e invocaciones legales, sin acusar específicamente ninguna en el marco del Art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil.

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Datos del proceso

Demandante
Narciso Arce Palle y otros
Demandado
Honorable Alcaldía Municipal de la Paz
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia28 de marzo de 2007AS/0183/2007Fuente oficial