Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0184/2005

Tribunal Supremo de Justicia
30 de mayo de 2005Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2005

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 184 Sucre 30 de mayo de 2005

DISTRITO: Cochabamba

PARTES : Ministerio Público c/ Justiniano Paniagua Machado.

Transporte de sustancias controladas.

VISTOS: el recurso de casación de fojas 133 a 135 interpuesto por Justiniano Paniagua Machado, impugnando el Auto de 28 de marzo de 2005 de fojas 125 a 126 vlta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 55 de la Ley 1008.

CONSIDERANDO: que, para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales exigidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; es decir, que el recurrente debe interponer el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisar hechos similares, y establecer la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.

Que, en el recurso de casación se debe individualizar el hecho a impugnarse; a su vez, debe particularizarse otro hecho similar en el precedente invocado. Por otro lado, se debe precisar la norma adjetiva o sustantiva aplicada en sentido contradictorio en el Auto de Vista cuestionado y el precedente invocado. Esta actividad procesal de comparación de hechos similares y de establecer la aplicación de normas con sentidos jurídicos diversos debe cumplirse según manda el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal.

CONSIDERANDO: que, Justiniano Paniagua Machado mediante el recurso de casación de fojas 133 a 135 impugna el Auto de Vista de fojas 125 a 126 vlta., en los siguientes términos: el transporte de sustancias controladas no llegó a su destino ya que fue interceptado en el retén de Bulo Bulo, por lo que cometió tentativa de transporte de sustancias controladas; al respecto invoca el Auto Supremo Nº 41 de 27 de enero de 2003 que tiene características similares al hecho mencionado. Sin embargo, el Auto de Vista impugnado armoniza su fundamento con el Auto Supremo Nº 417 de 19 de agosto de 2003 que a la letra dice:

Mostrando 9 de 17 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Justiniano Paniagua Machado.
Tribunal Supremo de Justicia30 de mayo de 2005AS/0184/2005Fuente oficial