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TSJ

AS/0184/2017

Tribunal Supremo de Justicia
17 de julio de 2017Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Pago de Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2017

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA SOCIAL, ADMINISTRATIVA, CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA PRIMERA

Auto Supremo Nº 184

Sucre, 17 de Julio de 2017

Expediente : 346/2016-S

Demandante : Alexis Ribera Melgar

Demandado : Gobierno Autónomo Municipal de Cobija

Materia : Pago de Beneficios Sociales

Distrito : Pando

Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs. 85 a 86, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado por Marcelo Farid Montero Solares por mandato de Luis Gatty Ribeiro Roca Alcalde Municipal de Cobija, contra el Auto de Vista N° 183/2016, de 8 de julio, cursante de fs. 82 a 83, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, de la Niña Niño y Adolescente, Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso social que por pago de derechos laborales y beneficios sociales sigue Alexis Ribera Melgar contra la entidad recurrente; el Auto que concede el Recurso de Casación, a fs. 89; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I.1. Antecedentes del proceso

I.1.1. Sentencia

Tramitado el proceso social señalado al exordio, el Juez de Trabajo y Seguridad Social de Cobija Pando, emitió la Sentencia Nº 115/2016, de 4 de mayo, cursante de fs. 64 a 67, por la cual declaró probada en parte la demanda de fs. 23. Sin costas. Consiguientemente ordenó a la entidad demandada, pagar a favor del demandante, por los conceptos de indemnización, aguinaldo y subsidio de frontera, conforme al detalle inserto en la parte resolutiva de la sentencia, en el monto total de Bs.51.404.-, a cancelarse a tercero día de ejecutoriada la resolución.

I.1.2. Auto de Vista

Interpuesto Recurso de Apelación por la entidad demandada (fs. 69 a 70), la Sala Civil, Familiar, Social, de la Niña Niño y Adolescente, Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Auto de Vista N° 183/2016, de 8 de julio, cursante de fs. 82 a 83, resolvió confirmar la Sentencia apelada.

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Criterio

“…al haberse dispuesto su pago por periodos en los que ya se encontraba vigente la Constitución Política del Estado de 2009, es plenamente aplicable la imprescriptibilidad de los derechos y beneficios sociales regulado en el art. 48 Parágrafo IV de la norma fundamental mencionada…”

Datos del proceso

Demandante
Alexis Ribera Melgar
Demandado
Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
Proceso
Pago de Beneficios Sociales
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Prescripción
Tribunal Supremo de Justicia17 de julio de 2017AS/0184/2017Fuente oficial