Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 184/2024
Sucre, 06 de mayo de 2024
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente : 59/2024
Demandante : Luis Javier Torres Sempertegui
Demandado : Servicio Nacional del Sistema de Reparto -..SENASIR
Proceso : Reclamación
Distrito : Cochabamba
Relator :Mgdo. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 155 a 163, interpuesto por Jorge Álvaro Trigo Torrico , Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 206/2023 de 11 de septiembre (fs. 144 a 149), pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del recurso de reclamación instaurado por Luis Javier Torres Sempertegui, contra el SENASIR, la respuesta (fs. 166 a 169), el Auto de 11 de enero, (fs. 170) que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I:
I.1. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.1. Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto
Que dentro del trámite de compensación de cotizaciones promovido por Luis Javier Torres Sempertegui, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0002582 de 21 de noviembre de 2022 (fs. 21), resolvió desestimar la solicitud de compensación de cotizaciones por procedimiento manual a favor de Luis Javier Torres Sempertegui.
Situación que originó que el demandante, al no estar de acuerdo interponga recurso de reclamación, de fs. 27.
I.1.2. Resolución de la Comisión de Reclamación
Ante esta circunstancia, la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 026/23 de 30 de enero, de fs. 38 a 42, Confirmó el Auto Nº 0002582 de 21 de noviembre de 2022, emitida por la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, por encontrarse de acuerdo a los datos del expediente y normativa en vigencia.
I.1.3. Auto de Vista.
En grado de apelación interpuesta por el asegurado de fs. 128 vta. a 132, por Auto de Vista Nº 026/2023 de 11 de septiembre (fs. 144 a 149), la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, REVOCÓ la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 26/2023 de 30 de enero, disponiendo que el SENASIR dicte nueva resolución incluyendo en el cálculo de compensación de cotizaciones del asegurado, los periodos de noviembre/1980 a noviembre/1985, conforme los fundamentos expuestos y la documentación referida.
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
II.1. Recurso de Casación en el fondo
Luego de una relación acerca de las nomas en las que se sustenta la procedencia del recurso de casación, Jorge Álvaro Trigo Torrico, Director General Ejecutivo del SENASIR, señaló lo siguiente:
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