Texto del fallo
AUTO SUPREMO Nº 185/2014
Sucre, 17 de junio de 2014
EXPEDIENTE: S.746/2009
DISTRITO: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fojas 42, deducido por Hugo Álvarez Cuellar en su condición de Gerente General del Restaurante Puerto Madero, del Auto de Vista N° 120/09 de 4 de marzo de 2009 (fojas 39 a 40), emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales, seguido por Karina Cuellar Gutiérrez contra la empresa recurrente, el memorial de contestación de fojas 44, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, dictó la Sentencia Nº 36/2008 de 16 de junio de 2008 (fojas 28 a 29), declarando PROBADA la demanda de fojas 11 y vuelta de obrados con costas, ordenando a la empresa Restaurante Puerto Madero representada legalmente por Hugo Álvarez Cuellar pague a tercero día, a favor de la demandante de acuerdo al finiquito siguiente:
KARINA CUELLAR GUTIERREZ
DESAHUCIO: 2.200 x 3 Bs. 6.600,00
INDEMNIZACIÓN: 6 meses, 26 días Bs. 3.300,00
AGUINALDO: 6 meses, 26 días (doble) Bs. 1.100,00
SUELDO: 21 días de noviembre Bs. 1.540,00
TOTAL BENEFICIOS Bs. 12.540,00
Mas el 30% multa artículo 9 del Decreto Supremo 28699 Bs. 3.762,00
TOTAL BENEFICIOS SOCIALES: Bs. 16.302,00
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 120/09 de 4 de marzo de 2009, de fojas 39 a 40 pronunciado, por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, CONFIRMÓ la Sentencia Nº 36/2008 de 16 de junio de 2008 de fojas 28 a 29. Con costas.
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