Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 185/2015-L.
Sucre, 29 de julio de 2015.
Expediente: BN. 239/2010.
Distrito: Beni
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 256 a 260, interpuesto por la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Martin de Porres” Ltda., representada por Vitalio Quiroga Dorado, contra el Auto de Vista Nº 46 de 13 de septiembre de 2010, cursante de fs. 252 a 253, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito del Beni, dentro del proceso coactivo social seguido por la Caja Nacional de Salud, contra la institución que representa el recurrente, la respuesta de fs. 264 a 265, el auto de fs. 265 vta., que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, dentro el tramite del proceso coactivo social, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de Trinidad-Beni, pronunció el Auto Interlocutorio de 14 de septiembre de 2009, de fs. 126 a 127, declarando improbada las excepciones de inhabilidad de Título, falta de fuerza coactiva y de prescripción, como también los demás reclamos contenidos en el memorial e fs. 69 a 70, manteniendo el monto de las notas de cargo de fs. 3, 16 y 19 por el monto de Bs. 219.037.03, contenido en el auto de solvendo.
Contra dicho auto interlocutorio, la parte recurrente, formuló recurso de apelación de fs. 236 a 240, que fue resuelto mediante Auto de Vista Nº 46 de 13 septiembre de 2010 cursante a fs. 252 a 253, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Distrito de Trinidad-Beni, confirmando totalmente el Auto de 14 de septiembre de 2009 cursante a fs. 126 a 127, con costas.
Dicho fallo, motivó el recurso de casación en la forma, interpuesto por la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Martín de Porres” Ltda., representada por Vitalio Quiroga Dorado, con los fundamentos expuestos en el memorial cursante a fs. 256 a 260 de obrados.
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