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TSJReiteradora

AS/0185/2019

Tribunal Supremo de Justicia
3 de abril de 2019Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Terminación de la relación laboral / Finiquito / Multa por mora en su cancelación / Procede

El recurrente acusa que no realizaron valoración alguna de la nota de 29 de febrero de 2012, consistente en la renuncia voluntaria del actor, en la que hace conocer su decisión de acogerse al beneficio de la jubilación a partir del 19 de abril de 2012, que a la vez fue aceptada mediante nota Rect. 3...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 1era
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 185

Sucre, 3 de abril de 2019

Expediente : 121/2018

Demandante : Carmelo Berzaín Fuentes

Demandado : Universidad Mayor de San Simón (UMSS)

Proceso : Beneficios Sociales

Departamento : Cochabamba

Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación de fs. 398 a 400, interpuesto por la UMSS, por intermedio de sus representantes legales, Magdalena Fernández Gutiérrez, Asunción Verónica Rus Ledezma y Norma López Quiroz, impugnando el Auto de Vista 114/2017 de 3 de mayo, cursante de fs. 384 a 386 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Carmelo Berzaín Fuentes contra la institución académica recurrente; el Auto de fs. 406 que concedió el recurso de casación; el Auto de 26 de marzo de 2018 de fs. 414 y vta., que admitió el señalado recurso; los antecedentes del proceso; y:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia

Tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Cuarto del departamento de Cochabamba, pronunció la Sentencia 111/2014 de 18 de julio, cursante de fs. 353 a 356, que declaró probada la demanda de fs. 10 a 12 e improbada la excepción perentoria de pago de fs. 99 a 100, conminando a la UMSS, que por intermedio de su Rector, pague al actor la suma de Bs. 99.985,91 (noventa y nueve mil novecientos ochenta y cinco 91/100 bolivianos), emergente de la liquidación de beneficios sociales efectuada, y sea dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia

Auto de Vista

En grado de apelación deducido por la institución demandada, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista 114/2017 de 3 de mayo, que confirmó la Sentencia apelada, con costas en ambas instancias.

Argumentos del recurso de casación

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Máxima

MULTA POR MORA/No es relevante si el trabajador haya sido despedido o se haya retirado de manera voluntaria, puesto que la previsión legal sanciona el incumplimiento dentro de los 15 días para cumplir el pago de beneficios sociales.

Datos del proceso

Demandante
Carmelo Berzaín Fuentes
Demandado
Universidad Mayor de San Simón (UMSS)
Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 1.II y III de la RM. 447 de 8 de julio de 2009

Tribunal Supremo de Justicia3 de abril de 2019AS/0185/2019Fuente oficial